46 Actos Normativos

Obligatoriedad de los profesionales médicos de prescribir especialidades medicinales por el nombre genérico de la droga que contienen. Facultad para sugerir nombres de fantasía. Restablecimiento del art. 2° de la ley 3672 por 180 días.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro
Fecha de publicación: 29/05/2003
Esfera del acto: Provincial - Río Negro / Argentina
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