1118 Actos Normativos

Los países signatarios se comprometen a adoptar medidas preventivas permanentes, de acuerdo con sus posibilidades, tendientes a resolver los problemas epidemiológicos de las zonas fronterizas terrestres, en relación con paludismo, viruela, fiebre amarilla, peste, tifus exantemático, tuberculosis, fiebre tifoidea y enfermedades venéreas
Fuente: Institucional
Fecha de publicación: 01/01/1948
Esfera del acto: Internacional / Argentina
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Los países signatarios se comprometen a adoptar medidas preventivas permanentes, tendientes a resolver los problemas epidemiológicos en las zonas fronterizas en relación con paludismo, viruela, fiebre amarilla, peste, tracoma, enfermedades venéreas, hidatidosis, rabia y lepra.
Fuente: Institucional
Fecha de publicación: 01/01/1948
Esfera del acto: Internacional / Argentina
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Carta de las Naciones Unidas; La Carta de las Naciones Unidas se firmó el 26 de junio de 1945 en San Francisco, al terminar la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional, y entró en vigor el 24 de octubre del mismo año. El Estatuto de la Corte Internacional de Justicia es parte integrante de la Carta.
Fuente: Institucional
Fecha de publicación: 24/10/1945
Esfera del acto: Internacional / Argentina
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Coordinar las disposiciones contenidas en la Ley número 12.732 de Profilaxis Obligatoria de la Hidatidosis, sancionada por el Congreso Argentino el 29 de septiembre de 1941, con las disposiciones contenidas en la Ley Nº 9.832 de Profilaxis de la Hidatidosis, promulgada por el Poder Ejecutivo de la República Oriental del Uruguay con fecha 5 de agosto de 1939.
Fuente: Institucional
Fecha de publicación: 01/01/1945
Esfera del acto: Internacional / Argentina
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El Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de Estados Unidos de América se notificarán mutuamente a la brevedad posible, por la vía usual diplomática, de la aparición y la extensión de enfermedades animales y vegetales y plagas de insectos nocivos, peligrosos para la salud humana, animal o vegetal.
Fuente: Institucional
Fecha de publicación: 01/01/1935
Esfera del acto: Internacional / Argentina
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Cada una de las Altas Partes Contratante, acordará la asistencia médica y hospitalaria, en el sitio donde se halle, a los ciudadanos indigentes de la otra Alta Parte, residentes o de paso en su territorio, conforme a las disposiciones en vigor para sus propios ciudadanos.
Fuente: Institucional
Fecha de publicación: 01/01/1931
Esfera del acto: Internacional / Argentina
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Cada una de las altas partes contratantes, concederá asistencia médica y hospitalaria en el lugar en que se encuentre, a todo ciudadano o súbdito indigente de la otra alta parte, residente o en tránsito en su territorio, de acuerdo con las disposiciones en vigor para sus propios ciudadanos o súbditos
Fuente: Institucional
Fecha de publicación: 01/01/1928
Esfera del acto: Internacional / Argentina
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