Defensa del consumidor. Obligación de consignar en los contratos de medicina prepaga, turismo estudiantil y/o televisión por cable, una cláusula que contenga el número telefónico y dirección de los organismos gubernamentales donde se brinde asesoramiento gratuito sobre cada tipo de contratación a efectuarse y donde se puedan radicar denuncias por incumplimientos contractuales. Sanciones por incumplimiento.
Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de publicación:
31/07/2006
Esfera del acto:
Provincial - Ciudad Autónoma de Buenos Aires / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Reglamentaciones
Reglamentada por Ley 1485, de 22 de Octubre de 2007