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Prohíbese la importación, distribución, comercialización, la publicidad y cualquier modalidad de promoción y patrocinio en todo el territorio argentino de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco, denominados habitualmente como Productos de Tabaco Calentado
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 27/03/2023
Esfera del acto: Nacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Salud Pública
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