Prohíbese la importación, distribución, comercialización, la publicidad y cualquier modalidad de promoción y patrocinio en todo el territorio argentino de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco, denominados habitualmente como Productos de Tabaco Calentado
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
27/03/2023
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Salud Pública