DECRETO 47/1987
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS
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Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación. Creación de la Subsecretaría de Derechos Humanos.
del 11/12/1987; Boletín Oficial 29/12/1987
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Artículo 1º -- Créase la Subsecretaría de Derechos Humanos, dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 2º -- Dicho Organismo tendrá las funciones y atribuciones conforme al reglamento orgánico que en anexo forma parte integrante del presente decreto.
Art. 3º -- Funcionarán dentro del ámbito de la Subsecretaría de Derechos Humanos, los siguientes departamentos: Departamento Promoción y Departamento Prevención.
Art. 4º -- El presente decreto será refrendado por el señor ministro secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 5º -- Comuníquese, etc.
Anexo
REGLAMENTO ORGANICO
I -- Misión
Intervenir en todos los asuntos relacionados con los derechos humanos en la Provincia, procurando el estricto cumplimiento de las normas vigentes sobre el particular, difundiendo sus conocimientos, a fin de reafirmar en la sociedad su valor, fundamento y respeto.
II -- Atribuciones
1. Representar al Gobierno provincial en todas las actividades vinculadas con la problemática de los derechos humanos, asistiendo a los foros locales, nacionales e internacionales.
2. Entender en los asuntos relacionados con el respeto de los derechos individuales y sociales en la Provincia y el cumplimiento de las normas que los reconocen y reglamentan.
3. Relacionarse con la Subsecretaría de Derechos Humanos existente en el ámbito del Ministerio del Interior y realizar los trámites necesarios para la atención de situaciones concretas derivadas de las denuncias existentes en dicho ámbito y de las que se pudieren llegar a formalizar.
4. Recibir denuncias referidas a violaciones de los derechos humanos poniéndolas en conocimiento de las autoridades judiciales y administrativas competentes.
5. Realizar estudios y formular recomendaciones sobre la conveniencia o necesidad del dictado de normas que garanticen y protejan el efectivo y pleno ejercicio de los derechos individuales y sociales.
6. Organizar y promover actividades académicas, educativas, y comunitarias tendientes a difundir, proteger y reafirmar en la sociedad el valor y fundamento de los derechos del trabajador, la familia, la niñez, la ancianidad, la educación y la cultura.
III -- Funciones específicas
1. Entender en la elaboración de todo proyecto, iniciativa de creación o modificación de normas o programas que involucren derechos humanos.
2. Entender en la planificación de acciones tendientes a promover el respeto de los derechos humanos.
3. Vincularse con los sectores del trabajo, Iglesia, cultura, estudiantado, organizaciones empresariales e intermedias para la conformación de un consejo asesor Ad-Hoc, de participación de la comunidad en las cuestiones de la Subsecretaría.
4. Proponer el dictado de normas que garanticen y protejan el efectivo y pleno ejercicio de los derechos humanos.
5. Entender en la recepción de denuncias a presuntas violaciones de los derechos humanos, poniéndolas en conocimiento de las autoridades judiciales y administrativas competentes.
6. Entender en la tramitación de la asistencia de comisiones técnicas existentes a nivel nacional, siempre que las cuestiones suscitadas así lo recomienden, especialmente en las actividades tendientes a identificar cadáveres no identificados.
IV -- Funciones compartidas
1. Coordinar con el Ministerio de Acción Social, la atención de cuestiones atinentes a garantizar los Derechos Sociales en lo que hace a la competencia del mismo.
2. Coordinar con los gobiernos municipales y juntas de gobierno, acciones tendientes al cumplimiento de actividades conjuntas en la prevención, defensa y promoción de los derechos humanos.
V -- Departamento Promoción. Misión
Entender en la programación y promoción de actividades tendientes a difundir el conocimiento, la importancia, valor y respecto de los derechos individuales y sociales en la Provincia.
VI -- Funciones específicas
1. Entender en la elaboración de todo proyecto, iniciativa de creación o modificación de normas o programas que involucren derechos humanos y en la realización de los estudios necesarios para recomendar la modificación o el dictado de normas que garanticen y protejan el pleno ejercicio de los derechos humanos.
2. Entender en la organización de actividades académicas educativas y comunitarias tendientes a difundir, proteger y reafirmar en la sociedad el conocimiento, valor y fundamento de los derechos humanos.
VII -- Departamento Prevención. Misión
Entender en los aspectos jurídico-administrativos inherentes al respeto de los derechos humanos - individuales y sociales.
VIII -- Funciones específicas
1. Entender en la aplicación de las normas que reconocen y reglamentan el respeto de los derechos individuales y sociales en el ámbito provincial.
2. Entender en la recepción de denuncias por presuntas violaciones de los derechos humanos y su evaluación.
3. Entender en las diligencias tendientes a constatar prima facie la verosimilitud de los hechos o circunstancias denunciadas.
4. Efectuar, en su caso, las comunicaciones tendientes a posibilitar el conocimiento de los hechos o circunstancias denunciados por parte de las autoridades judiciales y/o administrativas competentes.
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