ACUERDO 3/2004
REUNION MINISTROS DE SALUD (RMS)


 
Acuerdo sobre la participación de los estados partes del Mercosur para la elaboración de una posición común en las reuniones internacionales sobre población y desarrollo
Del: 17/06/2004

VISTO: el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 3/95 y 20/02 del Consejo Mercado Común y el Acuerdo N° 13/03 de la Reunión de Ministros de Salud del MERCOSUR y Chile.
CONSIDERANDO:
Que en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (CIPD) realizada en El Cairo, Egipto en el año 1994, delegaciones de 179 países participaron de las negociaciones para la elaboración de un Plan de Acción sobre Población y Desarrollo para los próximos 20 años;
Que en dicha Conferencia, por primera vez, un acuerdo internacional otorgó un papel primordial a la salud y a los derechos sexuales y reproductivos superando los objetivos meramente demográficos y basándose en el desarrollo humano;
Que se reconoce el Plan de Acción y las medidas claves de implementación del mismo, aprobados por la mencionada Conferencia como dos importantes y efectivas herramientas para diseñar políticas de salud en la Región;
Que se está realizando el seguimiento del mencionado Plan de Acción y de las Medidas Claves en diversas reuniones regionales con motivo de cumplirse los diez años de la CIPD lo que se conoce como Cairo Más Diez;
Que en los países de la Región se vienen implementando acciones, programas y políticas en materia de Salud Sexual y Reproductiva que constituyen importantes avances en la dirección planteada por la CIPD;
Que también en la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing en 1995 se realizó un llamamiento para la adopción de las siguientes medidas: Proteger y promover los derechos humanos de la mujer y de la niña, erradicar la pobreza, eliminar todas las formas de violencia, eliminar los obstáculos que se oponen a la plena participación de la mujer en la vida pública, propender a la toma de decisiones en todos los niveles, promover la autonomía económica y fomentar la distribución equitativa de responsabilidades en el seno familiar;
Que es interés de los Estados Partes del MERCOSUR coordinar sus políticas sanitarias y en especial, la política de salud sexual y reproductiva.
LOS MINISTROS DE SALUD
ACUERDAN:

Artículo 1 - Elaborar una posición conjunta en relación a las Políticas Integrales de Salud de la Mujer para ser llevada ante la Reunión de Comité especial sobre Población y Desarrollo de Cepal, con motivo del cumplimiento de los diez años de la CIPD y ratificar la Plataforma de Acción de Beijing.
Art. 2 - Intercambiar experiencias en la implementación de las políticas, y continuar con los esfuerzos de coordinación e integración de acciones y estrategias desarrolladas por cada país.
Art. 3 - Revisar la legislación vigente en cada país con vistas a instruir a los organismos pertinentes que procedan a su armonización.
XVI RMSMBCHP - Buenos Aires, 17/VI/04


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