ACUERDO 10/1999
REUNION MINISTROS DE SALUD (RMS)
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Promoción de la extensión de la red de agua potable y disposición de excretas, en tanto constituyen principales elementos de difusión de la enfermedad en la región
Del: 18/06/1999
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VISTO:
El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión Nº 3/95 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
El informe de situación epidemiológica realizado en la Reunión Técnica Preparatoria desarrollada en la ciudad de Montevideo, los días 25 y 26 de octubre de 1999, en lo referente al Cólera en la región.
La necesidad de continuar intensificando los esfuerzos de implementación de acciones de control tendientes a prevenir la enfermedad transmisible de referencia
La prioridad que los Ministerios de Salud de los Estados Partes y Asociados asignan a este tema.
LOS MINISTROS DE SALUD
ACUERDAN:
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Artículo 1º.- Promover ante las autoridades públicas competentes en cada Estado Parte y Asociado, la extensión de la red de agua potable y disposición de excretas, en tanto constituyen principales elementos de difusión de la enfermedad en la región.
Art. 2º.- Promover en las Fronteras, acciones integradas de control de vehículos de transporte terrestre que posean baños instalados; de transporte aéreo con disposición final de los residuos de catering de las aeronaves; y la adecuada disposición de las aguas de lastre en el transporte marítimo.
Art. 3º.- Resaltar la importancia de que el SGT N°11 -Comisión de Vigilancia Epidemiológica y Control Sanitario de Puertos, Aeropuertos, Terminales y Pasos Fronterizos- elabore propuestas de normativas idóneas a fin de materializar uniformemente los controles a que alude el artículo precedente.
Art. 4º.- Reafirmar como definición de política sanitaria, que las recomendaciones para la lucha contra el Cólera contenidas en el presente acuerdo y en los que le anteceden, por su proyección en el control de las Enfermedades de transmisión hídrica, son de indispensable aplicación aún en circunstancias de ausencia de casos de Cólera.
Art. 5º. Encomendar a la Presidencia Pro Tempore la difusión del presente Acuerdo en los Subgrupos de Trabajo y Comités Técnicos que tengan vinculación con el tema.
Por el Ministro de Salud de la República Argentina, Emb. Carlos Onis Vigil
Por el Ministro de Salud de la República Federativa del Brasil, Dr. João Yunes
Ministro de Salud de la República del Paraguay, Dr. Raúl Bustos
Ministro de Salud de la República Oriental del Uruguay
Ministro de Salud de la República de Bolivia, Dr. Guillermo Cuentas Yañez
Ministro de Salud de la República de Chile; Dr. Alex Figueroa
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