Visto: El Expediente Nº 39.558-33-2.007 y el Presupuesto General de la Presupuesto General para el ejercicio 2007.Administración Pública Provincial - Ejercicio 2007; y
Considerando:
Que el Ministerio de Salud y Desarrollo Social, solicita en la U.P. Nº 420 - Programa: "Coordinación de Recursos, Planificación y Programación Sanitaria", U.E.: Dirección General de Coordinación de Recursos, incremento del crédito presupuestario de la Partida Principal: 10.1 - Trabajos Públicos, financiado con Rentas Generales;
Que lo requerido precedentemente, surge como necesidad de contar con disponibilidades de créditos para posibilitar la normal ejecución de obras pertenecientes al Proyecto 51: "Construcción de Nuevos Hospitales" y Proyecto 53: Construcción, Refacción, Remodelación y Ampliación de Hospitales, Postas Sanitarias y UPAS - Capital y Banda;
Que lo expuesto, no implica un incremento en el Total de Gastos previstos en el presente Ejercicio, por afectarse por no inversión, existentes en el Ministerio de Economía;
Que el presente Decreto, se encuadra en lo dispuesto por el Artículo 9º de la Ley Nº 6.839 - Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2007;
Por ello: El Señor Gobernador de la Provincia decreta:
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