RESOLUCION 3543/2008
MINISTERIO DE SALUD


 
Ratificar el Convenio celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud, representado por el Sr. Ministro Dr. Aldo Sergio Saracco y la firma SOYAR S.A.
Del 31/12/2008; Boletín Oficial 20/07/2009

Visto el expediente 1489-D-07-77747, en el cual se solicita la ratificación del Convenio celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud representado por el Sr. Ministro Dr. Aldo Sergio Saracco y la firma SOYAR S.A., representada por su Presidente Dr. Daniel Passardi, por haber resultado la citada firma, adjudicataria del Servicio de Radiología en el Centro de Medicina Preventiva “Dr. Emilio Coni”, del Ministerio.
Por ello, en razón del pedido formulado,
El Ministro de Salud resuelve:

Artículo 1°.- Ratificar el Convenio celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud, representado por el Sr. Ministro Dr. Aldo Sergio Saracco y la firma SOYAR S.A., representada por su Presidente Dr. Daniel Passardi, el que en fotocopia autenticada como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, para la prestación del Servicio de Radiología en el Centro de Medicina Preventiva “Dr.
Emilio Coni”, cuya contratación fue autorizada mediante Resolución N° 465/08 y adjudicada a la mencionada firma por Resolución N° 2583/08.
Art. 2°.- Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.
Aldo Sergio Saracco

ANEXO
CONVENIO
Entre el Ministerio de Salud de Mendoza, representado en este acto por el Sr. Ministro de Salud, Dr. Aldo Sergio Saracco, en adelante El Ministerio, ad-referendum del Poder Ejecutivo, constituyendo domicilio legal en Casa de Gobierno, 5to. piso del cuerpo central, por una parte y SOYAR S.A., representada por su Presidente, Dr. Daniel Passardi, por la otra parte, constituyendo domicilio legal en calle Salta N° 1014 de la
Ciudad de Mendoza, se celebra el siguiente convenio, sujeto a las siguientes cláusulas:
Primera: La firma SOYAR S.A. ha resultado adjudicataria del Servicio de Radiología en e]. Centro de Medicina Preventiva “Dr. Emilio Coni” dependiente de este Ministerio de Salud, expediente N° 1489-D-07-77747, Resolución N° 2583/08
Segunda: La Resolución N° 2583/08, aprobó la propuesta base presentada por la adjudicada a fs. 38/118 del expediente licitatorio para las siguientes prácticas: Placas Radiográficas de Torax Frente; Placas Radiográficas de Tórax Posición Subsiguiente; Placas Radiográficas de Columna Frente y Placas Radiográficas de Columna Posición Subsiguiente. Asimismo se obliga a ingresar al Centro de Medicina Preventiva “Dr. Emilio Coni” el veinte (20%) por ciento mensual de lo facturado en los términos dispuestos en el Art. 13° del Pliego de Condiciones Particulares, el que en todas sus cláusulas forma parte integrante del presente Convenio como Anexo.
Tercera: La presente contratación tendrá una duración de tres (3) años, a partir de la efectiva prestación del servicio que se instrumentará por acta con opción a renovación a favor del Estado por igual período, debiéndose formalizar el mismo, mediante Convenio entre las partes ratificado por acto administrativo conforme las condiciones establecidas en el Art. 8° del Pliego de Condiciones Particulares.
Cuarta: El Estado se reserva el derecho de rescindir el contrato antes de su vencimiento por las causales previstas en el Art. 9° del Pliego de Condiciones Particulares.
Quinta: A todos los efectos legales que hubiere, las partes constituyen domicilio legal en los domicilios denunciados en este Convenio, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que no sean los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Mendoza.
A los efectos del presente Convenio, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Mendoza, a los 31 días del mes de diciembre de 2008.
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
La Presente licitación tiene por objeto la contratación de la instalación y explotación del Servicio de Radiología del Centro de Medicina Preventivo Dr. Emilio Coni
1. Placas radiográficas de tórax frente
2. Placas radiográficas de tórax posición subsiguiente
3. Placas radiográficas de columna frente
4. Placas radiográficas de columna posición subsiguiente
1. El equipo ofrecido deberá ser de ultima generación de 500 M A con mesa y bucky mural y reveladora automática acorde al mismo. Contar con certificado habiIitante para su uso en seres humanos otorgado por la Universidad Tecnológica Nacional o ente habilitado a tal fin
2. Los oferentes deberán indicar, modelo, marca, presentar manuales ilustrativos y descriptivos de las características técnicas del equipamiento y los insumos a utilizar ofrecidos, deberán acreditar la propiedad de los equipos ofrecidos
3. El equipo deberá ser instalado en las dependencias del Centro de Medicina Preventiva Dr. Emilio Coni sito en Calle Godoy Cruz 187- Ciudad de Mendoza disponiendo a tal efecto de un plazo porentorio e improrrogable de 30 días a partir de la fecha de notificación de la adjudicación bajo apercibimiento de dejar sin efecto la misma.
4. Los gastos que demanden la instalación y puesta en marcha del servicio estarán a cargo del oferente y deberán ser aprobados por el Departamento de Recursos Físicos
5. El adjudicatario deberá instalar por su cuenta y riesgo un medidor de electricidad fuerza, a su cargo
6. En la cotización ofrecida por las prácticas solicitadas deberán estar incluidos todos los componentes de la estructura de costos
7. Los oferentes deberán asegurar la continuidad del servicio y adecuar los términos a los requerimientos de la Institución
8. La presente contratación tendrá una vigencia de 3 (tres) años a partir de la efectiva prestación. Dicho periodo podrá prorrogarse por igual término formalizado lo establecido mediante un Convenio a celebrarse entre el adjudicatario y el Ministerio de Salud ratificado por acto administrativo, a los fines de este contrato no deberá considerarse la tácita reconducción, por ello si a su vencimiento no se hubiere prorrogado el mismo en la forma prevista, el Ministerio de Salud tendrá el derecho a solicitar las cesación del servicio contratado cuando lo estime pertinente comunicándole esta decisión mediante notificación fehaciente con 30 días de anticipación.
9. Causa de rescisión. El Estado se reserva el derecho de rescindir esta contratación si existiera causa fundada en la calidad cantidad del servicio prestado o por incumplimiento total o parcial en tiempo y forma de lo establecido en el punto N° 14 y 15 o cualquiera de las obligaciones asumidas a su cargo Ello se le deberá comunicar al adjudicatario en forma fehaciente con treinta días de anticipación.
10. El pago del servicio prestado por el adjudicatario será efectuado por el usuario ya sea en forma particular o mediante la facturación a la obra social
11. Las radiografías a realizar serán entregadas a la Institución en el término por esta indicada con el correspondiente informe firmado por el médico radiólogo
12. Los oferentes enunciarán los nombre de los médicos radiólogos que tendrán a su cargo el /los informes de las placas y adjuntar certificado, acreditando su especialidad ante el Consejo Deontológico
13. Los oferentes por la explotación de la actividad radiológica deberán indicar el porcentaje del total facturado por mes, que quedará a favor de la Institución, el cual será ingresado a la cuenta de Recursos Propios -ingresos varios que oportunamente será comunicada, dicho porcentaje se hará efectivo dentro de los 10 primeros días del mes siguiente al de prestación del servicio. En caso de pago con cheque este no podrá ser de pago diferido y el librador deberá ser el adjudicatario.
14. El adjudicatario a los fines de posibilitar el control por parte de la institución del monto indicado en el punto N° 13 deberá instrumentar formularios de recibos específicos para esta explotación. El adjudicatario deberá poner a disposición del Centro Coni los duplicados de los talonarios que correspondan al mes calendario a liquidar, para permitir la verificación de la exactitud del monto liquidado
15. La nómina del personal administrativo, técnico y profesionales que contrate el adjudicatario con el objeto de dar cumplimiento a las obligaciones asumidas deberá ser comunicada al momento de la firma del contrato al Ministerio de Salud y mensualmente la modificaciones en forma conjunta con el pago del porcentaje convenido, las constancias de pago de sueldo y cumplimiento de obligaciones previsionales, seguro de trabajo y todas aquellas que resulten exigidas por los organismos competentes. Las que deberán coincidir con la nómina de personal suministrado por el adjudicatario. Para el caso de que se contrate personal bajo el régimen de contratación de locación de servicio o de obra, deberá adjuntar el comprobante de pago de prestaciones, la constancia de pago del monotributo además, los profesionales y técnicos que presten servicio bajo cualquier modalidad deberán contratar un seguro de mala praxis, debiendo la adjudicataria demostrar mensualmente la vigencia de la póliza. Quedando expresamente prohibida la tercerización de los servicios y del personal
16. Todo otra información y constatación del espacio físico considerada de utilidad para los oferentes pueden ser consultadas en el Centro de Medicina Preventiva Dr. Emilio Coni.

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