ACUERDO 2/2009
REUNION MINISTROS DE SALUD (RMS)
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Promover la equidad en salud actuando sobre los determinantes sociales de la salud
Del: 19/06/2009
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 03/95 y 59/00 del Consejo del Mercado Común y el Acuerdo N° 14/07 de la Reunión de Ministros de Salud del MERCOSUR.
CONSIDERANDO:
Que la salud es un derecho humano que debe ser garantizada para todos siendo responsabilidad y deber del Estado.
Que los esfuerzos de la sociedad y las políticas públicas deben orientarse hacia el desarrollo humano, al mejoramiento de la calidad de vida de los pueblos, en contra de la pobreza y las inequidades, asegurando la igualdad de oportunidades y el desarrollo de las capacidades de las personas y sus comunidades.
Que la salud es el resultado de los diversos determinantes sociales, económicos, culturales y ambientales, por lo que requiere políticas públicas intersectoriales
Que para el efectivo goce del derecho a la salud resulta fundamental que el Estado garantice la participación social y comunitaria.
Que la Asamblea Mundial de la Salud se ha pronunciado en el sentido de reducir las inequidades sanitarias actuando sobre los determinantes sociales de la salud y de fomentar la Atención Primaria de la salud, incluido el fortalecimiento de los sistemas de salud.
LOS MINISTROS DE SALUD
ACUERDAN:
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Art.1 - Desarrollar y profundizar acciones conjuntas tendientes a reducir las inequidades en el estado de salud de las poblaciones de los Estados Partes y Asociados del MERCOSUR.
Art.2 - Propiciar y apoyar la incorporación del enfoque de determinantes sociales en salud, en las políticas públicas sectoriales e intersectoriales y demás instancias del MERCOSUR incluyendo al Parlamento MERCOSUR.
Art.3 - Dar visibilidad a las inequidades en salud de los diferentes grupos de la población y sus determinantes.
Art.4 - Generar e intercambiar información sobre políticas, intervenciones, programas o acciones que aborden los determinantes con miras a reducir las inequidades en salud.
Art.5 - Avanzar hacia al acceso universal a una salud integral y de calidad, basado en la Atención Primaria de la Salud, teniendo en cuenta la importancia de los sistemas y servicios de salud como un determinante social.
Art.6 - Propiciar el desarrollo de competencias y fortalecer las capacidades institucionales para el abordaje de los determinantes sociales y la reducción de las inequidades.
Art.7 - Generar y desarrollar mecanismos de gestión participativa y estimular la participación social en la definición e implementación de políticas públicas relacionadas a los determinantes sociales de la salud.
Art.8 - Mantener y/o fortalecer los recursos destinados a las políticas sociales basadas en los determinantes sociales de la salud en vista de la actual crisis económica y financiera mundial, a fin de evitar la profundización de las inequidades en salud.
Art.9 - Informar al Consejo del Mercado Común sobre la aprobación del presente Acuerdo en el ámbito de la Reunión de Ministros de Salud.
XXVI RMS - Asunción, 19/VI/09
MARÍA GRACIELA OCAÑA
Por la República Argentina
JOSÉ GOMES TEMPORÃO
Por la República Federativa del Brasil
ESPERANZA MARTÍNEZ
Por la República del Paraguay
MARÍA JULIA MUÑOZ
Por la República Oriental del Uruguay
TTE.CNEL.JESÚS MANTILLA OLIVEROS
Por la República Bolivariana de Venezuela
ALVARO ERAZO
Por la República de Chile
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