LEY 231
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE FORMOSA


 
Exámen físico-médico del deportista.
Sanción: 10/08/1964; Promulgación: 12/08/1964; Boletín Oficial 31/08/1964

La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de ley:

Artículo 1º.- Establécese con carácter obligatorio en todo el territorio de la Provincia el exámen físico-médico del deportista y el control periódico, de acuerdo con la reglamentación que dictarán los organismos provinciales específicos (Dirección de Deportes y Dirección General de Salud Pública).
Art. 2º.- Paralelamente los citados organismos específicos harán estudios y obtendrán conclusiones para una mejor administración de la educación física de acuerdo al espíritu de la medicina deportiva.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese.
Benicio López Pereyra; Raúl Inocencio Villaggi


Copyright © BIREME  Contáctenos