LEY 2511
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ


 
Adhesión a Convenio de Salud Pública.
Sanción: 22/10/1998; Boletín Oficial 03/11/1998

El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de LEY:

Artículo 1.- APRUEBASE en todas sus partes el Convenio de Adhesión celebrado con fecha 17 de Diciembre de 1997 entre el Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación y el Ministerio de Asuntos Sociales de la Provincia de Santa Cruz, que tiene por finalidad lograr la plena vigilancia del derecho de la salud para la población con el fin de alcanzar la meta de salud para todos en el menor tiempo posible, adhiriendo al Plan Nacional de Área Tipo para la Atención Primaria de la Salud, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente.-
Art. 2.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
Ocampo, Roque Alfredo - Sánchez Peruga, Leogardo

ANEXO A: CONVENIO
PRIMERA: "LA JURISDICCION" concordante con el objetivo de lograr la plena vigilancia del derecho de la salud para la población con el fin de alcanzar la meta de salud para todos en el menor tiempo posible, contenido en las políticas de Salud aprobadas por Decreto Nº 1269/92, adhiere al Plan Nacional de Área Tipo para la Atención Primaria de Salud aprobado la resolución Nº 497 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación de fecha 25 de julio de 1997.
SEGUNDA: "LA JURISDICCION" arbitrará progresivamente los mecanismos necesarios tendientes a implementar las medidas correspondientes para consolidar, profundizar y extender la Estrategia Primaria de Salud, como componente fundamental de la extensión de cobertura a toda la población y de accesibilidad al sistema, sosteniendo en ese sentido la importancia político-sanitaria de su apoyo, promoción y desarrollo.
TERCERA: "EL MINISTERIO" asistirá técnicamente y valorará la factibilidad de asistir con equipamiento apropiado a la JURISDICCION en la instrumentación de dicho Plan Nacional a fin de contribuir a la implementación del mismo en el menor tiempo posible y con la mayor eficiencia.
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a los mismos efectos en la ciudad de Río Gallegos a los diecisiete días del mes de diciembre del año 1997.

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