RESOLUCION 6805/2006
MINISTERIO DE SALUD


 
Normas de Habilitación de un Servicio de Esterilización Central.
Del 11/12/2006

VISTO el Expediente Nº 52872 -S- 06 del Registro del Ministerio de Salud, por el cual se tramita la aprobación de las Normas de Habilitación de un Servicio de Esterilización Central, y:
CONSIDERANDO:
Que las Políticas de Salud tienen por objetivo primero y primordial asegurar calidad en la prestación de un servicio de salud;
Que en el marco del Plan Federal de Salud, el Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro, desarrolla el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica, en el cual se agrupan un conjunto de acciones destinadas a la calidad de la prestación en los servicios;
Que entre dichas acciones se encuentra la elaboración entre otras, de las Normas de Habilitación de un Servicio de Esterilización central;
Que el equipo técnico que se desempeña en el ámbito de la Dirección General de Fiscalización se ha abocado a la elaboración de dicha Norma adhiriendo a la Normativa Nacional, efectuando las modificaciones necesarias en relación a las áreas médico-arquitectónicas, a los efectos de su adecuación a la realidad rionegrina;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención en los asuntos de competencia;
Que a los fines de poner en funcionamiento la presente normativa resulta imprescindible sancionar la norma legal respectiva;
Por ello:
La Presidente del Consejo Provincial de Salud Pública ad referendum del Consejo Provincial de Salud Pública resuelve:

Artículo 1º.- Aprobar las Normas de Habilitación de un Servicio de Esterilización Central que figura como Anexo I de la presente y el Instrumento para su aplicación que figura como Anexo II.
Art. 2º.- Derogar toda normativa existente con anterioridad, que se oponga a la presente
Art. 3º.- Incorporar la Normas que se aprueban en el artículo precedente, al Programa Provincial de Garantía de Calidad de los Servicios de Salud.
Art. 4º.- Difundir a través del Programa Provincial de Garantía de Calidad de los Servicios de Salud la presente Norma, a fin de asegurar el máximo conocimiento y aplicación de la misma.
Art. 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, hecho, archívese.
Cra. Adriana Gutierrez. Ministra de Salud

ANEXO I A LA RESOLUCION 6805/06 “MS”
NORMAS DE HABILITACION SERVICIO DE ESTERILIZACION CENTRAL
Artículo 1º.- De la definición: es la estructura destinada a la recepción, lavado, acondicionamiento y esterilización de elementos utilizados en el tratamiento de los pacientes internados y/o ambulatorios.
Artículo 2º.- Planta Física:
La actividad completa del proceso de esterilización debe cumplirse en una única área; debe existir una circulación unidireccional del material, sin retrocesos y bajo normas de asepsia; debe disponer de un lugar para la recepción de los materiales a esterilizar y otro para la entrega de material procesado.
El área se encontrará sectorizada de la siguiente manera:
Recepción y limpieza de material
Acondicionamiento de los materiales
Esterilización
Almacenamiento y entrega
El Sector de Esterilización se dividirá en locales, perfectamente separados para:
Esterilización con calor seco y calor húmedo
Esterilización con óxido de etileno (opcional)
Poseerá sistema de climatización y aireación propio
Poseerá vestuarios y sanitarios para el personal.
Artículo 3º.- Equipamiento:
Calor Húmedo: poseerá autoclave de vapor de agua de doble pared, con sistema de eliminación de aire y secado, poseerá elementos de medición y control: manovacuómetro de cámara interna, manómetro de cámara externa, termómetro de cámara interna, registradores de proceso que indiquen tiempo, temperatura y presión.
Esterilizador por calor seco estará provisto de: sistema de ventilación forzada, termómetro, termostato, dispositivo programador de temperatura y tiempo, alarma indicadora de fin de ciclo.
Esterilizador por Oxido de Etileno: poseerá una única cámara esterilizadora y aireadora, la liberación del gas se realizará en forma interna y a presión subatmosférica, la eliminación del gas debe hacerse de manera de no contaminar el área de trabajo ni el medio ambiente.
El Servicio contará con:
Cortadora de gasa y algodón
Incubadora para controles biológicos
Máquinas termoselladoras
Bandejas y canastos.
Artículo 4º.- Recursos Humanos
Jefe de Servicio: será farmacéutico con título habilitante y Matrícula Provincial
El Servicio contará además con técnicos y auxiliares de Esterilización con Título Habilitante y Matrícula Provincial. Personal administrativo, de limpieza y mantenimiento.
Artículo 5º.- Marco Normativo de Funcionamiento: deben existir normas escritas de Procedimientos y deben realizarse controles, físicos, químicos y biológicos en forma periódica y de acuerdo a las Normas.
Artículo 6º.- Registros: deben existir los siguientes: de recepción y entrega de materiales, de producción, de proceso de esterilización, de validación y controles, de actividad docente y administrativa, de mantenimiento de equipos.
En el caso que la Institución contrate a terceros para efectuar el proceso de esterilización, dichos terceros poseer la habilitación correspondiente.
ANEXO II A LA RESOLUCION Nº 6805 /06 "MS"
ESTERILIZACION CENTRAL
SI
NO
PLANTA FISICA
La actividad completa del proceso de esterilización se cumple en una única área.
Existe una circulación unidireccional del material, sin retrocesos y bajo normas de asepsia.
Dispone de un lugar para la recepción de los materiales a esterilizar y otro para la entrega de material procesado.
El área se encuentra sectorizada de la siguiente manera:
Recepción y limpieza del material
Acondicionamiento de los materiales
Esterilización
Almacenamiento y entrega.
El Sector de Esterilización se divide en locales, perfectamente separados para:
Esterilización con calor seco y calor húmedo
Esterilización con óxido de etileno.
EQUIPAMIENTO
Esterilización por Calor Húmedo:
Posee autoclaves de vapor de agua de doble pared, con sistema de eliminación de aire y secado.
Posee elementos de medición y control:
Manovacuómetro de cámara interna.
Manómetro de cámara externa.
Termómetro de cámara interna.
Registradores de procesos que indiquen tiempo, temperatura y presión.
Esterilizadores por calor seco provistos de:
Sistema de ventilación forzada.
Termómetro.
Termostato.
Dispositivo programador de temperatura y tiempo.
Alarma indicadora de fin de ciclo.
Esterilizadores por Oxido de Etileno, con las siguientes características mínimas:
Con una única cámara esterilizadora y aireadora.
La liberación del gas se realiza en forma interna y a presión subatmosférica.
La eliminación del gas se realiza de manera de no contaminar el área de trabajo ni el medio ambiente.
El Servicio cuenta con:
Cortadoras de gasa y algodón.
Incubadoras para controles biológicos.
Máquinas termo selladoras
Bandejas y canastos.
RECURSOS HUMANOS
Jefe de servicio:
Farmacéutico con título validado por autoridad competente y matriculado en la Provincia
Técnicos en esterilización
Con título habilitante y matriculado en la Provincia
Auxiliares de esterilización
Con título habilitante y matriculado en la Provincia
Personal administrativo
MARCO NORMATIVO
Se realizan controles físicos, químicos y biológicos en forma periódica y de acuerdo a Norma.
Existen registros:
De recepción y entrega de materiales.
Continuación Instrumento ESTERILIZACION CENTRAL
SI
NO
De producción.
De procesos de esterilización.
De validación y controles.
De mantenimiento de equipos.

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