RESOLUCION 6806/2006
MINISTERIO DE SALUD


 
Normas de Habilitación de un Servicio de Internación
Del 11/12/2006

VISTO el Expediente Nº 48502-S-2006 del Registro del Ministerio de Salud, por el cual se tramita la aprobación de las Normas de Habilitación de Internación, y:
CONSIDERANDO:
Que entre los objetivos de las políticas de salud del Estado Provincial, se encuentra el de asegurar el acceso de todos los habitantes a servicios de salud de la máxima calidad posible;
Que en el marco del Plan Federal de Salud, el Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro, desarrolla el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica, en el cual se agrupan un conjunto de acciones destinadas al mejoramiento de la calidad de la prestación en los servicios;
Que el equipo técnico que se desempeña en el ámbito de la Dirección General de Fiscalización ha considerado pertinente rehacer las normativas existentes en relación a las áreas médico-arquitectónicas, a los efectos de considerar la Habilitación de un Servicio de Internación;
Que se considerada de importancia adherir al Instrumento Nacional por ser una herramienta práctica y de fácil utilización, al contener los ítems mínimos indispensables que debiera reunir el Servicio a habilitar;
Que no obstante ello, el equipo citado precedentemente incluyó ítems que consideró esenciales de acuerdo a experiencias y relevamientos realizados en la Provincia, adaptándolos y adecuándolos a necesidades actuales;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención en los asuntos de competencia;
Que a los fines de poner en funcionamiento la presente normativa resulta imprescindible sancionar la norma legal respectiva;
Que la suscripta está facultada para dictar la presente conforme art. 18 de la Ley de Ministerios Nº 3779/03 y Decretos Nº 1397/04 y 1403/04;
Por ello:
La Presidente del Consejo Provincial de Salud Pública ad referendum del Consejo Provincial de Salud Pública resuelve:

Artículo 1º.- Aprobar las Normas de Habilitación de un Servicio de Internación que como Anexo I forma parte de la presente y el Instructivo para su aplicación que figura como Anexo II.
Art. 2º.- Derogar toda normativa existente con anterioridad que se oponga a la presente.
Art. 3º.- Incorporar las Normas que se aprueban en el artículo 1º.-, al Programa Provincial de Garantía de Calidad de los Servicios de Salud.
Art. 4º.- Difundir a través del Programa Provincial de Garantía de Calidad de los Servicios de Salud la presente Norma, a fin de asegurar el máximo conocimiento y aplicación de la misma.
Art. 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, hecho, archívese.
Cra. Adriana Gutierrez. Ministra de Salud

ANEXO I A LA RESOLUCION 6806/06 “MS”
NORMAS DE HABILITACION INTERNACION EN SERVICIOS DE SALUD
Artículo 1º.- Accesibilidad física
Los accesos al Servicio de Internación deben posibilitar un correcto ingreso de los medios de transporte cuando la misma se halle en planta baja.
Artículo 2º.- Características Constructivas
Los pisos y paredes serán resistentes al desgaste, lisos, antideslizables, lavables, impermeables. Los zócalos serán de ángulos redondeados. Los cielorrasos serán de superficies lisas aislantes y resistentes al fuego.
Las instalaciones asegurarán el abastecimiento adecuado y continuo de electricidad y fluidos.
Las aberturas poseerán cerramientos efectivos.
El ancho de las puertas permitirá el paso y giro de camillas y sillas de ruedas sin dificultad.
Artículo 3º.- Instalación eléctrica
Las instalaciones contarán con dispositivos de seguridad eléctrica
Debe existir energía eléctrica alternativa en áreas críticas.
Artículo 4º.- Condiciones de seguridad
Contará con salidas de emergencia visiblemente señalizadas y de libre acceso.
Contará con equipo para extinción de incendios en cantidad suficiente y en condiciones óptimas, conforme a las normas que establece el cuerpo de Bomberos.
Garantizará la permanente disponibilidad de un plan de mantenimiento propio o tercerizado.
Se sugiere la existencia de un “Comité de Seguridad”; entre los riesgos a reconocerse están: control ambiental, electricidad, gases tóxicos, incendios, infecciones, radiaciones, residuos biopatogénicos y cualquier otro riesgo que las autoridades competentes estimen.
Artículo 5º.- Medios de Comunicación y Señalización
El Servicio deberá contar con redes de servicio telefónico, radio, carteles indicadores visuales, carteles de señalización, o cualquier otro medio que posibilite establecer los mecanismos de información necesaria tanto para los usuarios como para establecer los sistemas de referencia y contrareferencia.
Artículo 6º.- Sanitarios
Debe contar con un núcleo sanitario completo por lo menos cada cuatro unidades de internación.
Las puertas de acceso permitirán el paso cómodo de silla de ruedas, siendo la apertura preferentemente hacia fuera o corrediza.
Artículo 7º.- Depósitos
De limpieza
De residuos comunes y patológicos
De equipos.
Artículo 8º.- Habitación
Serán individuales o semicolectivas (2 a 6 unidades)
Se sugiere un mínimo de 6 m2 por cama/cuna de internación, metraje que permitirá la libre circulación alrededor de la misma del personal de salud.
Contarán con condiciones de confort y privacidad
Boca de luz de techo o de pared en el área de la cama
Iluminación blanca y difusa
Pulsador y anulador para llamada a enfermería
Boca de oxígeno y de vacío o accesibilidad a las mismas.
Debe poseer silla, guardarropas, mesa auxiliar, mesa de luz.
Camas en lo posible articuladas
Podrá contar con sillón cama para acompañante
Lavabo.
Artículo 9º.- Sala de espera
Deberá contar con espacio para silla de ruedas, sillas o bancos.
Privacidad
Artículo 10º.- Oficce de Enfermería
Deberá contar con mesa, sillas, papelero, panel de información, armario, para medicamentos, teléfono, carro de curaciones, nebulizador, aspirador, tensiómetro y estetoscopio, otoscopio, oftalmoscopio, martillo para reflejos, carro de paro, heladera, reloj
Tendrá disponible silla de ruedas y camilla
Garantizará condiciones de higiene y seguridad
Sectorización de procedimientos sucios y limpios, con doble bacha.
Balanza de bandeja y de pié, pediómetro, estadiómetro, cinta métrica, termómetro, tensiómetro con mango pediátrico, disponibilidad de equipo de punción lumbar, carro de paro a disposición, incubadora de transporte disponible.
Artículo 11º.- Servicios de Abastecimiento y Procesamiento
Deberá contar con todos los servicios de abastecimiento y procesamiento: alimentación, farmacia, lavadero y esterilización, sean con personal y equipos propios, contratados o tercerizados que aseguren los suministros y procesamiento en forma oportuna, eficiente y efectiva acorde a la cantidad de habitación es de Internación.
Artículo 12º.- Se sugiere contar con un área destinada a reunión de profesionales e informes a familiares. La que deberá poseer como mínimo mesa y sillas/sillones. Privacidad y seguridad serán requisitos primordiales.
Artículo 13º.- Habitación para Dormitorio de Guardia
Las habitaciones tendrán una capacidad mínima de dos camas.
Se sugiere iluminación y ventilación natural acorde a las dimensiones del local.
Mobiliario mínimo indispensable: cama, mesa de luz, silla, placard o armario.
Artículo 14º.- Habitaciones para Internaciones Especiales e Inmunocomprometidos
Habitaciones destinadas a pacientes en estado semi-crítico, donde serán estabilizados antes de derivar al nivel de resolución de referencia.
Contará con una superficie mínima entre 8 y 10 m2 incluyendo sanitario.
Contará con condiciones ambientales imprescindibles como: privacidad, protección de seguridad, visuales y sonoras.
Equipamiento mínimo: cama articulada con barrales, silla, mesa de luz, tapa, fácil acceso a negatoscopio, accesibilidad inmediata al carro de curaciones. Tendrá disponibilidad a EEG y ECG, oxímetro, drenajes y set para quemaduras y todo equipo necesario para estabilizar al paciente.
Además de las instalaciones generales contará con boca de luz de techo o de pared y localizada en el área de exámen, tomacorrientes en cantidad suficiente, alarma de paro.
Contará con suministro de todos los gases medicinales.
Artículo 15º.- Las unidades de salud que cuentan con Internación deberán disponer de algún tipo de medio de traslado ya sea del propio servicio o contratado, a disposición de la misma y acorde a la necesidad, tanto para recibir como para derivar a aquellos pacientes que no puedan hacerlo en forma ambulatoria.
Artículo 16º.- Las unidades de Internación contarán con un plan de mantenimiento propio, contratado o tercerizado que garantice el funcionamiento continuo en forma eficiente y efectiva.
ANEXO II A LA RESOLUCION Nº 6806/06 MS
INSTRUMENTO
INTERNACION: Habitaciones para internación de ADULTOS
SI
NO
ACCESIBILIDAD FÍSICA:
Los accesos al Servicio posibilitan un correcto ingreso de los medios de transporte disponible, si el mismo se encuentra en planta baja.
Los accesos se materializan por pasillos y galerías cubiertas, con solados continuos, salvándose los desniveles con rampas de pendiente reglamentaria.
Los accesos están debidamente identificados.
Las circulaciones son independientes de las áreas de trabajo.
CARACTERÍSTICAS CONSTRUCTIVAS
Las instalaciones responden a los reglamentos técnicos, nacionales y/o jurisdiccionales y cuentan con la aprobación de autoridad competente.
Los pisos son resistentes al desgaste, lisos, antideslizantes, lavables, impermeables.
Las instalaciones aseguran el abastecimiento adecuado y continuo de electricidad y fluidos.
Las paredes son de superficies lavables lisas, sin molduras, aislantes y resistentes al fuego
Los zócalos son de ángulos redondeados.
Los cielorrasos son de superficies lisas aislantes y resistentes al fuego
Las aberturas poseen cerramientos efectivos.
El ancho mínimo de las puertas permite el paso y giro de camillas y sillas de ruedas sin dificultad.
Ventanas con medidas necesarias para brindar las condiciones mínimas de habitabilidad.
Instalación Eléctrica:
Las instalaciones poseen los dispositivos de seguridad eléctrica: protecciones termomagnéticas y fusibles.
Cuenta con energía eléctrica alternativa en áreas críticas
Condiciones de seguridad:
Cuenta con salidas de emergencia visiblemente señalizadas , y de libre acceso
Cuenta con equipo para extinción de incendios en cantidad y en condiciones
Garantiza la permanente disponibilidad de un plan de mantenimiento
propio o tercerizado
Existe Comité de Seguridad
Medios de comunicación y señalización
Cuenta con teléfono
Cuenta con radio comunicación
Cuenta con carteles de señalización
Sanitarios
Posee un núcleo sanitario completo por lo menos cada 4 camas (inodoro-lavabo-ducha-accesorios)
Posee recipiente de residuos con tapa
Posee chatero
Las puertas de acceso permiten el paso cómodo de sillas de ruedas. La apertura es preferentemente hacia fuera o corrediza
INTERNACION: Habitaciones para internación de ADULTOS
SI
NO
DEPÓSITOS Destinados al almacenamiento transitorio o definitivo.
Depósitos de limpieza (localizado en el Servicio en forma periférica)
Depósitos de residuos comunes y patológicos
Depósitos de equipos
Habitación
Es individual
Es colectiva
Las habitaciones cuentan con condiciones de confort y privacidad
Cuenta con boca de luz de techo o de pared en el área de la cama - tomacorrientes
Posee iluminación general blanca y difusa
Posee pulsador y anulador para llamada de enfermería
Posee boca de oxígeno o accesibilidad
Posee boca de vacío o accesibilidad
Equipamiento:
Cuenta con cama articulada
Silla
Guardarropas
Mesa auxiliar (para alimentación)
Mesa de luz
Lavabo (1 cada 3 camas)
Sillón cama para acompañante o equivalente.
Sala de Espera
sillas- bancos
Espacio para silla de ruedas
Recipiente de residuos con tapa
Oficce de Enfermería
Mesa - sillas - papelero
Panel de Información
Armario
Teléfono
Mesada con pileta doble bacha
Toallero
Accesorio para soporte de suero
Carro para curaciones
Nebulizador
Aspirador
Estetoscopio
Otoscopio
Oftalmoscopio
Tensiómetro universal
Martillo para reflejos
Accesibilidad a carro de paro
Heladera
Reloj
Lámpara de examen
Camilla rodante disponible
Silla de ruedas disponible
INTERNACION
SI
NO
Cuenta con condiciones de higiene y de seguridad
Sectorización de abastecimientos y procesamientos periféricos limpios y abastecimientos y procesamientos periféricos usados
Servicio de Abastecimiento y Procesamiento
Cuenta con servicio de alimentación
Cuenta con servicio de farmacia
Cuenta con servicio de lavadero
Cuenta con servicio de esterilización
Habitación para el Médico de Guardia
Capacidad mínima de 2 camas
Iluminación y ventilación natural.
Mobiliario mínimo indispensable: cama-mesa de luz-silla-armario
Oficina para conducción y/o informes a familiares
Cumple con codiciones mínimas de confort y privacidad
Mobiliario mínimo indispensable: mesa, sillas.
INTERNACION: Habitaciones RECIEN NACIDO y PEDIATRIA
Las habitaciones cuentan con condiciones de confort y privacidad de los padres y el niño en todos los aspectos.
Cuenta con boca de luz de techo o de pared en el área de la cama - tomacorrientes
Posee iluminación general blanca y difusa
Posee luz vigia
Posee pulsador y anulador para llamada de enfermería
Posee boca de oxígeno o accesibilidad
Posee boca de vacío o accesibilidad
R.N. Superficie mínima: cada tres cunas: 4,50 m2
Sanitario: uno cada doce cunas
Estación de alimentación periférico
Posee recepción de alimentos preparados, control y conservación temporal de biberones, calentamiento, preparación de colaciones o refrigerios
Habitación para Internaciónes Especiales y Pacientes Inmunocomprometidos
Cumple con las condiciones generales de una Habitación para Internación: características constructivas, instalación eléctrica, condiciones de seguridad.
Equipamiento: cama articulada, lavabo, toallero, negatoscopio, recipiente para residuos con tapa
Superficie mínima de 12 m2 con sanitario incluido
Cumple con las siguientes condiciones ambientales: privacidad, protecciones de seguridad y presión positiva.
Rápida accesibilidad a los aparatos de: ECG, ECardioG., desfibrilador, cardioversor, ambou pediátrico y adultos, monitoreo de presión , volúmen
Oxímetro, oxicapnógrafo, drenajes y set para quemaduras
Gases medicinales
Instalación para Incendios
INTERNACION: Habitaciones para RECIEN NACIDOS y PEDIATRIA
SI
NO
I M P O R T A N T E
Cuentan con algún tipo de medio de traslado ya sea de la propia unidad o de la red de servicios, pero a disposición de la misma y acorde a la necesidad, tanto para recibir como para derivar a aquellos pacientes que no puedan hacerlo en forma ambulatoria.
Cuenta con un plan de mantenimiento propio, contratado o tercerizado que garantice el funcionamiento continuo en forma eficiente y efectiva.
FIN DEL INSTRUMENTO

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