DECRETO LEY 391/1963
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SALTA
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Creación del Colegio de Odontólogos de Salta.
Del: 11/09/1963; Boletín Oficial 19/09/1963
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Artículo 1.- Constitúyese la entidad social denominada Colegio de Odontólogos, integrada por los profesionales que ejercen en la Provincia con las finalidades y propósitos especificados en el Decreto Ley 327/63, que funcionará con el carácter derechos y obligaciones de las personas jurídicas.
Art. 2.- El Colegio de Odontólogos se regirá por las disposiciones contenidas en el ordenamiento legal precitado con la siguiente modificación en su artículo 5º.
Art. 3.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Bava; Museli; Arnaldo; Courel
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