DECRETO 5945/1960
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


 
Año Mundial de la Salud Mental.
Del: 14/06/1960

VISTO las presentes actuaciones - EXPEDIENTE Nº 64.415 DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL - relacionados con el Decreto Nº 16.579 distado por el Poder Ejecutivo Nacional en fecha 11 de Diciembre del corriente año, disponiendo se confiera carácter oficial en todo el país al Año Mundial de la Salud Mental que se celebra en el año en curso; y
CONSIDERANDO:
Que la medida dispuesta por el Gobierno Nacional con el Decreto de referencia; tiende a favorecer el vasto e intenso programa de acción medico-social que se cumple en todo el territorio nacional, con utilización de todos los recursos disponibles en el campo sanitario, social, docente y cultural, respondiendo a los fines y propósitos que se persiguen con la celebración del Año Mundial de la Salud Mental instituido por la Federación Mundial para la Salud Mental;
Que por el mismo decreto citado se dispone recabar de todo Ministerio, Secretaria de Estado, institutos y entidades nacionales, provinciales y particulares, la colaboración posible con la compaña que durante el año en curso y para preservar, conservar y mejorar la salud mental, realizaran el Instituto Nacional de Salud Mental, La Liga Argentina de Higiene Mental y La Comisión Argentina Asesora en Salud Mental;
Que este ultimo organismo ha cursado nota al Gobierno de la Provincia solicitando se otorgue carácter oficial, en el territorio provincial, al año 1960 como “Año Mundial de la Salud Mental” y se designe una Comisión Coordinadora Provincial, disponiéndose, finalmente, que en todos los impresos de la sanidad y de la educación se agregue la leyenda “1960- AÑO MUNDIAL DE LA SALUD MENTAL- 1960”;
Que, ante la evidente importancia y trascendencia que reviste el programa que se cumple en todo el país en adhesión al Año Mundial de la Salud Mental, propuesto por la Federación Mundial de la Salud Mental y, atendiendo por otra parte a la invitación formulada por la Comisión Argentina Asesora en Salud Mental, este Gobierno estima que debe ineludiblemente presentar la adhesión y colaboración que se le solicita, en beneficio, dentro del ámbito provincial, del desarrollo de los objetivos propuestos para una mayor y eficiente higiene mental;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1º - Confiérese el carácter de oficial, en todo el territorio de la Provincia, el Año Mundial de la Salud Mental que se celebra en 1960 bajo la institución de la Federación Mundial para la Salud Mental y el auspicio y la adhesión del Instituto Nacional de Salud Mental, la Liga Argentina de Higiene Mental y la Comisión Argentina Asesora en Salud Mental.-
Art. 2º - Designase una Comisión Coordinadora Provincial - para el Año Mundial de la Salud Mental - , la que se desempeñara en colaboración con la Comisión Argentina Asesora en Salud Mental y estará integrada por los doctores Conrado A. Salvado (Medico Director de la Colonia Psiquiatrita de Oliveros) y Juan B. Vázquez (Medico Jefe del Servicio Sala de Hombres del Hospital Psiquiátrico de Santa Fe), siendo presidida por el señor Subsecretario del Ministerio de Salud Publica y Bienestar Social, Dr. Fortunato Cohen.-
Art. 3º - Establecese que en todos los impresos provenientes del Ministerio de Salud Publica y Bienestar Social y del Ministerio de Educación y Cultura, respectivamente, se agregara a partir de la fecha la leyenda: “1960 - AÑO MUNDIAL DE LA SALUD MENTAL - 1960”.-
Art. 4º - El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud Publica y Bienestar Social y de Educación y Cultura de la Provincia, respectivamente.-
Art. 5º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-


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