ACUERDO 14/2009
REUNION MINISTROS DE SALUD (RMS)


 
Reducción de la mortalidad materna y neonatal en el MERCOSUR.
Del: 04/12/2009

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 03/95 del Consejo del Mercado Común y los Acuerdos N° 13/03, 14/03, 06/07, 01/08 y 14/08 de la Reunión de Ministros de Salud del MERCOSUR.
CONSIDERANDO:
Que es necesario fortalecer acciones para reducir la morbimortalidad de mujeres por causa de embarazo, parto, puerperio y aborto, ya que se considera violatorio de los derechos sexuales y reproductivos y por lo tanto de los derechos humanos.
Que los indicadores de mortalidad materna y neonatal en los Estados Partes y Asociados del MERCOSUR permanecen elevados, incidiendo de forma desigual en poblaciones vulnerables (mujeres indígenas, negras, adolescentes, pobres, con baja escolaridad y con menor acceso a los bienes sociales), comprometiendo el alcance de los Objetivos del Milenio.
Que la casi totalidad de las muertes maternas son evitables y que la muerte de mujeres en edad fértil contribuye decididamente a agravar problemas sociales de los países de la región.
Que es necesario dar respuestas urgentes a esta problemática en los Estaos Partes y Asociados
LOS MINISTROS DE SALUD
ACUERDAN:

Artículo 1 - Aprobar las siguientes estrategias generadas por la Comisión Intergubernamental de Salud Sexual y Reproductiva:
Realizar gestiones tendientes a la inclusión de los Derechos Sexuales y Reproductivos en las agendas de los Foros de Derechos Humanos del MERCOSUR;
Fortalecer las Comisiones de seguimientos nacionales y difundir los datos recibidos, haciendo énfasis en edad, lugar, raza/etnia y causa;
Socializar y difundir los perfiles de las mujeres que enfermen o mueren por esta causa, realizando gestiones para coordinar con la Reunión Especializada de Mujeres (REM) del MERCOSUR;
Realizar acciones que involucren otros actores para disminuir el embarazo no planificado en adolescentes;
Concretar sinergia en la lucha contra el VIH, la Sífilis y otras ETS.
Art. 2 - Informar al Consejo del Mercado Común la aprobación del presente Acuerdo en el ámbito de la Reunión de los Ministros de Salud del MERCOSUR.

XXVII RMS - Montevideo, 04/XII/09

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