DECRETO 1828/2010
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)
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Convenio celebrado entre el Ministerio de Salud, la Asociación de Prestadores Privados de Hemodiálisis y Transplantes Renales de la provincia y la Cámara Argentina de Servicios y Productos de Terapia.
Del: 01/08/2010; Boletín Oficial 15/02/2011
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Visto el expediente 600-A-10-77770 y su acumulado 1403-M-10-77770, en el cual se solicita la aprobación del Convenio celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud representado por el Sr. Ministro Dr. Juan Carlos Behler, la Asociación de Prestadores Privados de Hemodiálisis y Transplantes Renales de Mendoza, representada por su Presidente Dr. Carlos Alberto Bonanno y su Secretario Dr. Miguel Antonio Discépolo y la Cámara Argentina de Servicios y Productos de Terapia Renal, representada por su Presidente Sr. Armando D’Alessandro, y teniendo en cuenta que el mismo tiene por objeto brindar Servicios de Hemodiálisis (HD) y Diálisis Peritoneal Continua Ambulatoria (DPCA) a los pacientes a cargo del Ministerio de Salud que se encuentren en tratamiento dialítico crónico actualmente y en los que surja la necesidad de dicho tratamiento crónico durante el tiempo de vigencia del Convenio y en las condiciones que se establezcan en el mismo y poner en marcha un Centro Coordinador de Recepción, que funcionará durante días hábiles durante un lapso no menor a ocho (8) horas diarias de modo de permitir la ágil y eficiente admisión de los pacientes derivados para su atención.
Por ello, en razón del pedido formulado, habiéndose diligenciado el pertinente volante de imputación, lo dictaminado por la Sub- dirección de Asesoría Legal y lo aconsejado por la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud,
El Gobernador de la Provincia decreta:
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Artículo 1° - Apruébese el Convenio celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud representado por el Sr. Ministro Dr. Juan Carlos Behler, la Asociación de Prestadores Privados de Hemodiálisis y Transplantes Renales de Mendoza, representada por su Presidente Dr. Carlos Alberto Bonanno y su Secretario Dr. Miguel Antonio Discépolo y la Cámara Argentina de Servicios y Productos de Terapia Renal, representada por su Presidente Sr. Armando D’Alessandro, y teniendo en cuenta que el mismo tiene por objeto brindar Servicios de Hemodiálisis (HD) y Diálisis Peritoneal Continua Ambulatoria (DPCA) a los pacientes a cargo del Ministerio de Salud que se encuentren en tratamiento dialítico crónico actualmente y en los que surja la necesidad de dicho tratamiento crónico durante el tiempo de vigencia del Convenio y en las condiciones que se establezcan en el mismo y poner en marcha un Centro Coordinador de Recepción, que funcionará durante días hábiles durante un lapso no menor a ocho (8) horas diarias de modo de permitir la ágil y eficiente admisión de los pacientes derivados para su atención, el que en fotocopia autenticada como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2° - El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a la siguiente partida - Presupuesto año 2010:
Cuenta General: S20000 41312 176
Unidad de Gestión: S96162
Art. 3° - Establézcase que el presente Convenio, rige a partir del 1° de mayo y hasta el 31 de diciembre de 2010, con prórroga hasta el 30 de abril de 2011.
Art. 4° - Establézcase que en caso de prórroga, la Subdirección Administrativo Contable de las Subsecretarías del Ministerio de Salud deberá tramitar la imputación del gasto al inicio del siguiente Ejercicio, conforme a lo establecido por el Art. 17° Inc. B) de la Ley de Contabilidad N° 3799.
Art. 5° - Comuníquese, etc. -
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