ACUERDO 6/2011
REUNION MINISTROS DE SALUD (RMS)
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Recomendaciones para el fortalecimiento de las acciones de Salud en la Frontera MERCOSUR.
Del: 09/06/2011
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VISTO: El tratado de Asunción, el Protocolo de Oruro Preto y las Decisión Nº 03/95 del Consejo del Mercado Común.
Considerando:
La Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS/WHO) en la cual los Estados declaran que la salud de todos los pueblos es esencial para que se logre la paz y la seguridad, y que gozar del mejor estado de salud constituye uno de los derechos fundamentales de todo ser humano, sin distinción de raza, de religión, de credo político, de condición económica o social;
Las fronteras como espacio privilegiado en el proceso de integración regional y la voluntad de crear mecanismos para promover mayor integración de las comunidades fronterizas, buscando mejorar la calidad de vida de sus poblaciones;
La necesidad de promover el desarrollo integral de las localidades fronterizas y promover su integración a través del tratamiento especial a sus residentes en materia de acceso a bienes y servicios de salud, con base e los principios de reciprocidad, solidaridad, complementariedad, cooperación y respeto por la soberanía de las Partes;
La importancia de los espacios fronterizos en los procesos de vigilancia epidemiológica y sanitaria incluyendo el cumplimiento del Reglamento Sanitario Internacional (RSI);
LOS MINISTROS DE SALUD
ACUERDAN:
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Artículo 1º - Apoyar y estimular la elaboración de Acuerdos Bilaterales o Trilaterales de salud en las fronteras considerando las especificidades.-
Art. 2º - Se instruye a las Comisiones, Grupos o Subgrupos de Salud en la Frontera a elaborar e implementar Proyectos de Cooperación Técnica en las áreas identificadas como prioritarias.-
Art. 3º - Que el Comité Coordinador de la Reunión de Ministros de Salud del MERCOSUR apoye, acompañe e intermedie las acciones de salud acordadas en el ámbito de los Grupos, Subgrupos o Comisiones de Salud Fronterizas.-
Art. 4º - La realización de un Seminario referente a la “Salud en las Fronteras”, en el año 2011, con el foco en las áreas de asistencia a la salud, inmunizaciones y vigilancia epidemiológica.-
Art. 5º - Instituir un Grupo de Trabajo de “Salud en las Fronteras” en el ámbito del Comité Coordinador de la Reunión de Ministros de Salud (RMS), para dar seguimiento a esas líneas de acción y otros.-
Art. 6º - Informar al Consejo del Mercado Común la aprobación del presente Acuerdo en el ámbito de la Reunión de Ministros de Salud.-
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