ACUERDO 7/2011
REUNION MINISTROS DE SALUD (RMS)


 
Comisión Intergubernamental de Determinantes Sociales y Promoción de la Salud.
Del: 09/06/2011

VISTO: El tratado de Asunción, el Protocolo de Oruro Preto, las Decisiones Nº 01/95 y 03/95 del Consejo del Mercado Común y los Acuerdos Nº 06/09, 14/07 y 18/08 de la Reunión de Ministros de Salud del MERCOSUR
Considerando:
Que, a nivel mundial se ha desarrollado e implantado varios programas y proyectos para traducir los conceptos y estrategias de promoción de la salud en acciones prácticas. Entre ellos los proyectos de Ciudades, Pueblos, Municipios e Islas Saludables, las redes de Escuelas Promotoras de la Salud y Hospitales Promotores de la Salud, y los proyectos de Mercados Saludables y Lugares de Trabajo Promotores de la Salud, además de planes de acción de la OMS sobre alcohol y tabaco, vida activa y envejecimiento saludable.
Que, el progreso de los sistemas de salud en todo el mundo ha dado nueva relevancia a los enfoques de promoción de la salud y que la creciente orientación hacia los resultados de salud confirma la prioridad dada a la inversión en los determinantes de la salud a través de la promoción de la salud.
Que, es responsabilidad de las Autoridades Sanitarias del MERCOSUR promover la búsqueda de estrategias para el desarrollo de políticas a nivel regional, que reorienten y redefinan una agenda común de prioridades que permitan un ejercicio permanente y consensuado de conducción de procesos y resultados sanitarios y sociales efectivos en los países del MERCOSUR, vinculados a la preservación y mejora de la salud de la población y el intercambio de instrumentos que permitan reducir las inequidades de los países.
Que, dentro de la estructura de la Reunión de Ministros de Salud del MERCOSUR, se cuenta con una Comisión Intergubernamental que aborda lo referente a Determinantes Sociales de Salud y que es necesario ampliar el enfoque que en principio haya sido definido para esta Comisión.
LOS MINISTROS DE SALUD
ACUERDAN:

Artículo 1º - Aprobar la denominación de “Comisión Intergubernamental de Determinantes Sociales y Promoción de la Salud”, en reemplazo “Determinantes Sociales y Servicios de Salud”.
Art. 2º - Instruir a la Comisión Intergubernamental de Determinantes Sociales y Promoción de la Salud, a actualizar su plan de trabajo y a coordinar sus acciones con otras Comisiones y Grupos Ad Hoc del MERCOSUR y Estados Asociados en función a esta nueva denominación y enfoque.
Art. 3º - Informar al Consejo del Mercado Común la aprobación del presente Acuerdo en el ámbito de la Reunión de Ministros de Salud.



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