LEY 5791
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Videojuegos. Adhesión ley nacional 26.043
Sanción: 25/07/2007

EL HONORABLE SENADO Y LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, sancionan con fuerza de
LEY

Artículo 1º.- ADHIÉRESE la Provincia de Corrientes a la Ley Nacional Nº 26.043, por la que se establece la obligatoriedad para los fabricantes y/o importadores de videojuegos, de colocar en los envases en que comercialicen dichos productos la leyenda La sobreexposición es perjudicial para la salud, como también la correspondiente calificación.
Art. 2º.- INVÍTASE a los Municipios de la Provincia, a adherirse al régimen de la mencionada Ley, dictando las normas de exigencia de la exhibición de la leyenda y advertencia sobre la calificación de los videojuegos, en lugar y formato visible y a establecer sanciones a quienes incumplieran con esta obligación.
Art. 3º.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo.
Josefina Meabe de Mathó; Tomás Rubén Pruyas; Mirtha I. Prieto de Pacce; Nancy A. Sand Giorasi


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