RESOLUCION 910/2008
MINISTERIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE


 
Comisión Provincial del Medicamento.
Del: 05/08/2008

VISTO:
La Nota Nº 6201/2008 del S.I.N., mediante la cual la Dirección Provincial de Bioquímica, Farmacia y Droguería Central, gestiona la creación de una Comisión Provincial del Medicamento con el objeto de asesorar a este Ministerio en la aplicación del Formulario Terapéutico Provincial; y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado Formulario es una herramienta fundamental para asegurar la prescripción de medicamentos seguros, eficaces y con una relación costo - efectividad beneficiosa, a fin de garantizar la accesibilidad de la población a un atención medica oportuna y de calidad;
Que la referida Dirección propone como integrantes de la citada Comisión, a profesionales de reconocida trayectoria en el campo farmacológico y de clínica medica, y con experiencia en la gestión y el uso racional del medicamento;
Que se estima procedente la medida gestionada, de conformidad con lo establecido en los artículos 11º, inciso b), parágrafos 4 y 8, y 22º de la Ley Nº 12.817;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1º.- Créase la Comisión Provincial del Medicamento, la que asesorara a este Ministerio en la aplicación del Formulario Terapéutico Provincial y estará integrada por los profesionales que a continuación se detallan:
Farmacéutica ELSA MARIA NADALIN (M.I. Nº 1.677.757), Profesora Titular de la Cátedra Farmacia Hospitalaria de la Facultad de Ciencias Bioquímicas y Farmacéuticas de la Universidad Nacional de Rosario;
Farmacéutica ANA MARIA GONZALEZ (M.I. Nº 11.085.650), Docente de la Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas de la Universidad del Litoral;
Doctor RICARDO RIBEIRO (M.I. Nº 11.246.618), Medico Director del Hospital Protomédico Manuel Rodríguez de Recreo;
Doctor HUGO OTEO (M.I. Nº 6.053.357), Medico Pedíatra, Presidente del Colegio de Médicos de la 2da. Circunscripción;
Doctora SILVIA TASSONI (M.I. Nº 13.720.462), Medica Pediatra, Secretaria de Salud Pública de la Municipalidad de Rosario.-
Art. 2º.- Regístrese, comuníquese y archívese.-
Miguel Angel Cappiello


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