DECRETO 5268/1985
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Servicio de Cardiología Hemodinámica y Cirugía Cardiovascular.
Del: 20/11/1985; Boletín Oficial 21/01/1986.

VISTO
EL PLAN PROVINCIAL DE ASISTENCIA SANITARIA; y
CONSIDERANDO:
Que el desarrollo médico que se ha alcanzado en la Provincia y en especial en esta ciudad Capital, hacen imperiosa la incorporación de nuevos equipos de elevada tecnificación;
Que precisamente por lo complicado de los equipos a incorporar es necesario el estudio exhaustivo en cuanto a calidad, costos y demás factores en juego;
Que entre los aspectos sanitarios a contemplar en lo concerniente al sistema cardiovascular reviste estadísticamente un rol principal;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia decreta:

Artículo 1º.- CREASE la COMISION DE ESTUDIO PARA LA CREACION E INSTALACION DEL SERVICIO DE CARDIOLOGIA HEMODINAMIA Y CIRUGIA CARDIOVASCULAR.-
Art. 2º.- La citada comisión tendrá a su cargo la realización de los estudios pertinentes para la instalación en esta ciudad Corrientes de los equipos necesarios con la finalidad indicada en el artículo anterior.-
Art. 3º.- LA Comisión que se crea por el artículo primero, estará integrada de la siguiente manera:
Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos, Arquitecto ORONZO VINCI MASTROGIACOMO.-
Señor Ministro de Salud Pública, Doctor ALCIDES OMAR SOTO.-
Señor Jefe del Servicio de Unidad Coronaria del Hospital Escuela, Doctor REYNALDO JORGE BADARACCO.-
Señor Jefe de Servicio de Cardiología del Hospital Escuela, Doctor JOAQUIN GARCIA.-
Señor Profesor Miembro Correspondiente de la Academia Argentina de Cirugía y Jefe del Servicio de Cirugía del Hospital Escuela, Doctor MANUEL A. GONZALEZ.-
Señor Asesor C.P.N.D. MARIANO CADENAS.-
Señor Doctor RICARDO JUAN G. HARVEY.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario General de la Gobernación.-
Art. 5º.- COMUNIQUESE, publíquese, dese al R. O., archívese.-


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