DECRETO 3885/2012
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS


 
Concurso abierto de antecedentes y oposición, para el Hospital Juan Domingo Perón del Ministerio de Salud.
Del: 06/09/2012; Boletín Oficial 18/01/2013

VISTO:
El EXD-0000-8290630/12, por el cual se gestiona el llamado a concurso abierto de antecedentes y oposición para cubrir un total de (12) doce cargos de Agrupamiento Profesional, para el Hospital Juan Domingo Perón dependiente del Ministerio de Salud, en el marco de la Carrera Sanitaria Provincial; y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° III-0065-2004 (5554) en su Artículo 7° establece que el ingreso a la Carrera Sanitaria Provincial para Profesionales y Técnicos de Nivel Terciario será por concurso de antecedentes y oposición;
Que el procedimiento de llamado a concurso de antecedentes y oposición garantiza la transparencia y objetividad, en cuanto a la igualdad de oportunidades para la cobertura de cargos;
Que en act. ENCAPS 57016 la Jefatura de Coordinación de Promoción y Políticas Sanitarias solicita el llamado a concurso abierto para cubrir cargos de carrera sanitaria según necesidades descriptas en act. ENCAPS 56251;
Que en act. INFORM 20221 ha tomado intervención la Dirección Provincial de Análisis y Liquidación de Haberes dependiente del Programa Capital Humano calculando el costo mensual respectivo;
Que en act. INFORM 20222 ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Análisis y Liquidación de Haberes dependiente del Programa Capital Humano, informando la disponibilidad del crédito presupuestario para hacer frente al gasto y en act. ACTPAS 36536 Contaduría General de la Provincia, presta conformidad a la partida presupuestaria indicada, para afrontar la presente erogación;
Que en act. DICFIS 4155 Fiscalía de Estado dictamina que se estaría en condiciones de dictarse el pertinente acto administrativo;
Que en act. DICLEG 57264 la Oficina Legal del Ministerio de Salud no formula objeciones al respecto, sugiriendo salvo superior criterio, continuar con el dictado del acto administrativo pertinente, mediante el cual se autorice el llamado a concurso para cubrir los cargos mencionados, encuadrando las presentes actuaciones en las excepciones contempladas en el arto 5° del Decreto N° 1902-MHyOP-2012, arts 7° y 11° de la Ley Nº III-0065-2004 y su decreto reglamentario;
Que en act. DOCEXT 134386 obra el Decreto N° 751-MdeS-2008 que reglamenta los Artículos 7º y 11º de la Ley N° III-0065-2004 (5554), estableciendo los mecanismos y procedimientos del llamado a concurso;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1°.- Encuadrar el presente caso en las excepciones previstas en el Art. 5º del Decreto N°1902-MHyOP-2012 y Art. 7º y 11º de la Ley N° III-0065-2004 y Decreto N° 751-MdeS-2008.-
Art. 2°.- Autorizar el llamado a concurso abierto de antecedentes y oposición para cubrir un total de (12) doce cargos de Agrupamiento Profesional, para el Hospital Juan Domingo Perón del Ministerio de Salud, en el marco de la Carrera Sanitaria Provincial, según el siguiente detalle:
Hospital/Caps. Especialidad Perfil del Cargo Cargos
Hospital Juan Médicos Con orientación en
Domingo Perón Emergentólogos Emergencias para
o Clínicos Guardias- Tres (3)
Agrupamiento P-
Categoría F
Hospital Juan Médicos Cirugía General
Domingo Perón Cirujanos Agrupamiento P
-Categoría F Seis (6)
Hospital Juan Médicos Especialidad Clínica
Domingo Perón Clínicos Médica Agrupamiento P Tres (3)
-Categoría F
Art. 3°.- Excluir del presente llamado, a todos los Profesionales y Técnicos que se encuentren prestando servicios en el régimen de Carrera Sanitaria Provincial.
Art. 4°.- Imputar el presente gasto, con cargo al rubro del Presupuesto Vigente:
Ins. Jur. UE FF CP Inc.
1 30 19 1-01 32 1
Art. 5°.- Pasar las actuaciones de referencia al Programa Recursos Humanos de Salud; a sus efectos.
Art. 6°.- Hacer saber a: Programa Capital Humano, Contaduría General de la Provincia, Jefatura de Coordinación de Promoción y Políticas Sanitarias y al Hospital Juan Domingo Perón.
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda y Obras Públicas.
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.
Claudio Javier Poggi; Lucía Teresa Nigra


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