RESOLUCION 1780/2013
MINISTERIO DE SALUD


 
Consejo Deontológico de Bioquímicos.
Del: 18/07/2013; Boletín Oficial:13/11/2013

Visto el expediente 7619-M-12-77770, en el cual se solicita la prórroga del mandato de los miembros del actual Honorable Consejo Deontológico de Bioquímicos, establecido por la Resolución N° 3954/09 hasta la constitución de las nuevas autoridades; y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 433/13, se prorroga el mandato de los integrantes del Honorable Consejo Deontológico de Bioquímicos, constituido mediante Resolución N° 3954/09;
Que por esa misma norma legal se establece la convocatoria de la Junta Electoral del acto eleccionario para la renovación de los miembros titulares y suplentes del Honorable Consejo Deontológico de Bioquímicos y se constituye la citada Junta;
Que habiéndose efectuado el escrutinio del acto eleccionario se han proclamado los candidatos electos, Titulares y Suplentes, como así también recepcionado el informe enviado por la Asociación Profesional, en el que consta, el nombre de los profesionales propuestos, para incorporarse al Honorable Consejo Deontológico, en carácter de Titulares y Suplentes;
Que se deberían adoptar las medidas presupuestarias tendientes a que los Miembros Titulares de dicho Consejo perciban el Adicional para Cuerpos Colegiados, establecido en el Art. 61, incs. a) o b) de la Ley N° 4322;
Por ello, en razón de lo solicitado, lo informado por el Honorable Consejo Deontológico, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Legal y la conformidad de la Subsecretaría de Planificación y Control.
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1°- Conformar el Honorable Consejo Deontológico de Bioquímicos, cuyos consejeros, Miembros Titulares y Suplentes, deberán cumplimentar a partir de la fecha de la presente resolución, su mandato por término de tres años.
HONORABLE CONSEJO DEONTOLÓGICO DE BIOQUÍMICOS
ZONA NORTE
•Miembros Titulares
Ansola, Claudia Patricia, DNI N° 14.169.053
Romano, Sandra María, DNI N° 20.424.466
Yapur, Gustavo Modesto, DNI N° 12.573.549 - Asociación Profesional
•Miembros Suplentes
Toranzo, Beatriz Adelina, DNI N° 6.292.213
Moscetta, Laura Silvina, DNI N° 20.114.550
Balbi, Laura Eugenia, LC N° 5.406.547
García, Marta Celina, DNI N° 4.429.481
Stagnoli, Daniel C. Raúl, DNI N° 12.307.775 - Asociación Profesional
ZONA SUR
•Miembro Titular
Acosta, Adriana Edith, DNI N° 14.175.292
•Miembros Suplentes
Giménez, Mariela Inés, DNI N° 22.093.976
Martínez, Alfredo Osvaldo, DNI N° 12.287.868
ZONA ESTE CENTRO
•Miembro Titular.
Dapás, Onofre Humberto, DNI N° 7.647.579
• Miembros Suplentes
Berducci, Octavio Carlos Emilio, DNI N° 33.426.122
Zambrana, Rubén Luis, DNI N° 11.648.416
Art. 2°- Establecer que se deberá cumplimentar con las medidas presupuestarias tendientes a que el Adicional para Cuerpos Colegiados establecido en el Art. 61, incs. a) y/o b) según el caso que corresponda de la Ley N° 4322, sea percibido solamente por los miembros titulares del Honorable Consejo Deontológico Bioquímico.
Art. 3°- Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.
Carlos Washington Díaz


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