VISTO el Expediente Nº 1-2002-0183000266/12-3 del Registro del HOSPITAL NACIONAL “DR. BALDOMERO SOMMER”, organismo descentralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros. 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nº 506 de fecha 2 de diciembre de 2009 y su modificatoria Nº 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012 y 1 de fecha 3 de enero de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 506 de fecha 2 de diciembre de 2009 se aprobaron las normas para tramitar la autorización para la cobertura de cargos vacantes mediante la convocatoria a los procesos de selección del personal permanente del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).
Que conforme a las normas citadas precedentemente, el Interventor del HOSPITAL NACIONAL “DR. BALDOMERO SOMMER”, organismo descentralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, solicita la autorización prevista en el artículo 7° de la Ley Nº 26.895, proponiendo a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los cargos vacantes y financiados existentes en su planta de dotación, a ser cubiertos conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Que según surge de la copia del Acta Nº 22 de fecha 15 de agosto de 2012, agregada a las actuaciones mencionadas en el Visto, el COMITE PARA LA COORDINACION DE LOS PROCESOS DE PLANIFICACION DE LAS DOTACIONES DE PERSONAL creado por el artículo 2° de la Decisión Administrativa Nº 506/09, determinó la cantidad de cargos vacantes disponibles que serán autorizados para su cobertura.
Que atento la importancia de las funciones asignadas a los cargos solicitados, resulta imperiosa la cobertura de los mismos.
Que los referidos cargos se encuentran vacantes y financiados.
Que por ello, resulta imprescindible exceptuar al HOSPITAL NACIONAL “DR. BALDOMERO SOMMER” de la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley Nº 26.895.
Que el Interventor de la entidad requirente presta expresa conformidad para el dictado de la presente medida.
Que se cuenta con previsión presupuestaria suficiente para hacer frente al gasto que demandará el dictado de la presente.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD.
Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
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