RESOLUCIÓN 57/1999
GRUPO MERCADO COMÚN (G.M.C.)


 
Distrubución de muestras para profesionales y propagandas de medicamentos.
Del: 29/09/1999

VISTO El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones Nº 91/93 y 4/98 del Grupo Mercado Común y la Recomendación Nº 1/99 del Subgrupo de Trabajo Nº 11 Salud.
CONSIDERANDO
Que las Convenciones Internacionales de las cuales los Estados Partes son signatarios, exigen el control y la fiscalización de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, previniendo el uso indebido de las mismas.
Que fueron analizados los riesgos que generan la entrega de medicamentos en la forma de muestras médicas, muestras gratis, muestras para profesionales o entrega de envases originales sin valor comercial de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas y la estimulación de la prescripción.
El GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:

Artículo 1º.- Prohibir la elaboración y entrega de medicamentos en la forma de muestras médicas, muestras gratis, muestras para profesionales y cualquier otra denominación similar, que contengan Estupefacientes o Sustancias Sicotrópicas.
Art. 2º.- Prohibir el estímulo a la prescripción de medicamentos que contengan Estupefacientes o Sustancias Sicotrópicas y las propagandas profesionales con mensajes subliminales o asociativos.
Art. 3º.- Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes organismos:
Argentina: Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)
Brasil: Agência Nacional de Vigilância Sanitária
Paraguay: Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social
Uruguay: Ministerio de Salud Pública
Art. 4º.- Los Estados Partes del MERCOSUR deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 29/III/2000.


Copyright © BIREME  Contáctenos