LEY 4920
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
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Funcionamiento de hogares, residencias y centro de atención de adultos mayores. Modificación ley 3640.
Sanción: 14/11/2013; Promulgación: 29/11/2013; Boletín Oficial: 09/12/2013
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La Legislatura de la Provincia de Río Negro sanciona con Fuerza de Ley:
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Artículo 1º.- Se modifica el artículo 3° de la ley D nº 3640, cuyo texto queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 3°.- La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud, que podrá delegar funciones vía reglamentaria a los efectos de optimizar los mecanismos de control”.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Carlos Gustavo Peralta; Rodolfo R. Cufré
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