RESOLUCION 51/2008
MINISTERIO DE SALUD (M.S.)


 
Estructura Orgánica de la Subsecretaría de Planificación y Gestión en Salud.
Del: 11/11/2008; Boletín Oficial 04/08/2009

VISTO:
El Expediente N° 24794M08, por el cual se eleva para su aprobación los Organigramas, Objetivos y Acciones y Plantas de Cargos correspondientes a los entegramas que conforman el Organigrama aprobado mediante Decreto Acuerdo N° 41 de fecha 17DIC2008.
CONSIDERANDO:
Que por el citado Instrumento Legal se aprueba el Organigrama básico del Ministerio de Salud que corre como Anexo I a, b, c y d y forman parte del presente.
Que el Artículo 2° del mencionado Instrumento Legal, establece que deberá elevarse para su aprobación los Organigramas, Objetivos y Acciones y Planta de Cargos correspondientes a los
entegramas que conforman los Organigramas aprobados. Que la propuesta que se tramita, reúne los requisitos y condiciones técnicas exigidas por el nuevo Régimen de Elaboración, Tramitación y Financiamiento de Estructuras Orgánicas de la Administración Pública Provincial, aprobado por Decreto Acuerdo N° 1544/07.
Que asimismo, se adecua a los propósitos de Reforma Administrativa del Estado que se pretende, toda vez que dicha propuesta cumple con el principio de desagregación y fortalecimiento de la toma de decisiones.
Que la Subsecretaría de Planificación y Gestión en Salud dependiente del mismo, precisa organizar su estructura de acuerdo a las acciones que se vienen desarrollando.
Que ha tomado debida intervención la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública.
Que el Ministro de Salud es competente para el dictado del presente instrumento, conforme lo previsto en el Artículo 5° del Decreto Acuerdo N° 1544/07.
Por ello:
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

Artículo °. Aprobar la Estructura Orgánica de la Subsecretaría de Planificación y Gestión en Salud, de acuerdo con los Organigramas, Objetivos y Acciones y Planta de Cargos que como Anexos I, II, IIIa, IIIb y IIIc forman parte integrante del presente Instrumento Legal.
Art. 2°. Dentro de los SESENTA (60) días a partir del presente instrumento legal, se efectuarán los movimientos de personal que sean necesarios para la implementación de la estructura organizativa aprobada por la misma.
Art. 3°.Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Salud, Subsecretaría de Planificación y Gestión en Salud, Dirección Provincial de Recursos Humanos y Gestión de Calidad, Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública y Dirección Provincial de Recursos Humanos.
Art. 4°.Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Oficial y Archívese.
Juan Carlos Ferreira

ANEXO




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