VISTO
Las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona la aprobación de la prórroga del Convenio suscripto entre el MINISTERIO DE SALUD DE NACION y la PROVINCIA DE ENTRE RIOS a partir del 01/04/13 hasta 31/03/14, para la continuidad del Programa Nacional “Médicos Comunitarios Equipos de Salud del Primer Nivel de Atención” que desarrolla la DIRECCION DE PROGRAMAS ESPECIALES dependiente del MINISTERIO DE SALUD; y
CONSIDERANDO:
Que el referido Convenio fue aprobado mediante Decreto Nº 4622/11 MS., con vigencia desde el 01/04/2011 al 31/03/2012 y prorrogado mediante Decreto Nº 3354/12 M.S., por el periodo 01/04/12 al 31/03/13;
Que mediante Resolución Nº 818/13 MSN se aprueba la Prórroga del Convenio con la PROVINCIA DE ENTRE RIOS en el marco del Programa “Médicos Comunitarios Equipos de Salud del Primer Nivel de Atención”;
Que teniendo en cuenta que el Convenio antes referido, tiene por objeto asegurar el fortalecimiento del Primer Nivel de Atención a través de la estrategia de Atención Primaria de la Salud - APS - y garantizar adecuadas condiciones de salud para la población, procurando la corrección de las desigualdades por medio del acceso universal a servicios integrales y de alta calidad fomentando la participación comunitaria y la acción intersectorial y en virtud de todos los fundamentos vertidos en los considerandos del referido Decreto, resulta procedente acceder a la prórroga del mismo;
Que el Sr. MINISTRO DE SALUD, ha procedido a la autorización para la continuidad del trámite;
Que el citado Convenio de Prorroga, tiene por objeto dar continuidad al Programa Médicos Comunitarios y asegurar el fortalecimiento del primer Nivel de Atención a través de la estrategia en tal sentido, mediante Resolución del Ministerio de Salud de la Nación Nº 808/de Atención Primaria de la Salud;
Que según consta en extracto bancario, se han realizados las transferencias de fondos a realizar a la PROVINCIA DE ENTRE RIOS en el Ejercicio 2.013 - 2.014, por un monto total de PESOS CATROCE MILLONES CUATROCIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON NOVENTA Y UN CENTAVO ($ 14.415.354,91.-) y además informa el remanente de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO CON NUEVE CENTAVOS ($ 641.765,09.-), lo que hace un total de PESOS QUINCE MILLONES CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTE ($ 15.057.120,00.-);
Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS y la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION del MINISTERIO DE SALUD, han elaborado los informes de su competencia;
Que la Delegación Contable de la CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA en el referido Ministerio, ha tomado la intervención correspondiente;
Que la presente gestión encuadra en el Artículo 17º - Inciso b) del Decreto Nº 404/95 MEOSP.,
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
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