DECRETO 2608/2013
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA


 
Fortalecimiento Institucional del Sector Salud de la Provincia de Mendoza.
Del: 30/12/2013; Boletín Oficial: 17/02/2014

Visto el expediente 1264-M-12-77770, en el cual se solicita la ratificación de las Actas Complementarias N° 2 proyecto Fortalecimiento Institucional del Sector Salud de la Provincia de Mendoza y N° 3 proyecto Creación de la Escuela de Salud Pública del Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza, ambas de fecha 04 de diciembre de 2013, celebrados oportunamente entre el Ministerio de Salud, representado por el Sr. Ministro de Salud, Dr. Carlos Washington Díaz y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, representada por el Sr. Director de la Oficina Regional Buenos Aires, Prof. Darío Pulfer con el objeto de coordinar conjuntamente proyectos educativos, de capacitación, científicos, tecnológicos, de desarrollo institucional y/o culturales para propiciar el fortalecimiento institucional y administrativo.
Por ello, en razón del pedido formulado, habiéndose diligenciado el pertinente volante de imputación, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Legal a fs. 49/50 del expediente de referencia y en virtud a lo dispuesto por Art. 125 de la Constitución Nacional, Art. 99 inc. 1 y Art. 128 inc. 6 de la Constitución Provincial, Art. 3 inc. g) de la Ley N° 8385, Arts. 77 y 78 de la Ley de Procedimiento Administrativo N° 3909 y Art. 51 del Decreto-Acuerdo N° 354/13.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1° - Ratifíquense las Actas Complementarias N° 2 proyecto Fortalecimiento Institucional del Sector Salud de la Provincia de Mendoza y N° 3 proyecto Creación de la Escuela de Salud Pública del Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza, celebrados oportunamente entre el Ministerio de Salud, representado por el Sr. Ministro de Salud, Dr. Carlos Washington Díaz y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, representada por el Sr. Director de la Oficina Regional Buenos Aires, Prof. Darío Pulfer con el objeto de coordinar conjuntamente proyectos educativos, de capacitación, científicos, tecnológicos, de desarrollo institucional y/o culturales para propiciar el fortalecimiento institucional y administrativo, que en fotocopia autenticada como Anexo y Anexo I forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2° - Autorícese la suma de Pesos novecientos sesenta y dos mil setecientos ochenta ($ 962.780,00) para el Acta Complementaria N° 2 y la suma de Pesos ochocientos treinta y dos mil ($ 832.000,00), con destino a solventar los gastos que demanden la realización de las distintas actividades, a fin de ejecutar los Proyectos.
Art. 3° - El gasto autorizado precedentemente será abonado por la Tesorería General de la Provincia, previa presentación de factura de acuerdo a lo establecido en el punto 4 de la cláusula cuarta del Acta Complementaria N° 2 y N° 3 con cargo a la siguiente partida del Presupuesto Año 2013: Cuenta General: S96100 41302 000 Unidad de Gestión: S01001
Art. 4° - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
Francisco Humberto Pérez; Carlos Washington Díaz

ANEXO
ACTA COMPLEMENTARIA N° 2 AL CONVENIO MARCO SUSCRIPTO ENTRE EL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE MENDOZA Y LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PROYECTO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL SECTOR SALUD DE LA PROVINCIA DE MENDOZA
Entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza, en adelante el Ministerio, representado en este acto por su Ministro Dr. Carlos Díaz Russo, con domicilio en Casa de Gobierno de la provincia de Mendoza, Piso 5to. de la Ciudad de Mendoza por una parte, y por la otra, la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Oficina en Buenos Aires, en adelante la OEI, representada en este acto por su Director, Profesor Darío Pulfer, con domicilio legal en Paraguay 1510 de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se celebra la presente Acta Complementaria de acuerdo a lo prescrito en el Convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio y la OEI firmado en el año 2012, en cuya cláusula Tercera dispone: Las acciones a que de lugar la implementación del presente Convenio Marco serán instrumentadas a través de Actas Complementarias. En este sentido, el señor Ministro, Dr. Carlos Díaz Russo por el Ministerio y el señor Director Regional Profesor Darío Pulfer por la OEI firman la presente Acta Complementaria a fin de dar inicio al Proyecto Fortalecimiento Institucional del Sector Salud de la Provincia de Mendoza y de acuerdo a las siguientes cláusulas:
Primera: Iniciar el desarrollo del Proyecto Fortalecimiento Institucional del Sector Salud de la Provincia de Mendoza cuyos objetivos y estrategias generales se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Acta. Para su cumplimiento, se desarrollarán los siguientes componentes: Tablero de Comando (2da fase)
2. Formación Prioritaria de Recursos Humanos en el Sector Salud
3. Asistencia Técnica para el Fortalecimiento Institucional del Sector
Segunda: El Ministerio queda comprometido a:
1. Financiar con cargo a su presupuesto, los gastos que demande el cumplimiento de la presente Acta.
2. Coordinar las distintas etapas, de implementación del Proyecto con la OEI, como asimismo con los otros Organismos Gubernamentales y No Gubemamentales intervinientes.
3. Realizar los procesos de selección de consultores y solicitar las contrataciones, adquisiciones y demás erogaciones que realizará la OEI para el cumplimiento de los objetivos del proyecto.
4. Coordinar la implementación de los proyectos con el resto de las áreas gubernamentales y no gubernamentales involucradas.
5. Supervisar, evaluar y auditar el funcionamiento de las distintas etapas del trabajo.
6. Coordinar la difusión de resultados de los proyectos.
Tercera: La OEI se compromete a:
1. Planificar, organizar y ejecutar el proyecto en forma conjunta con el Ministerio.
2. Seleccionar las personas requeridas para desarrollar las actividades correspondiente, conforme a los perfiles necesarios para la ejecución del proyecto.
3. Realizar las contrataciones y/o todo acto administrativo a solicitud, "por cuenta y orden" del Ministerio, necesarios para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas por el presente Convenio.
4. Presentar oportuna Rendición Final de Cuentas sobre el total de los montos pudiendo el ministerio solicitar rendiciones parciales en función del grado de avance.
Cuarta: Financiamiento y Desembolsos
1. El Ministerio destinará la suma de Pesos novecientos veinticinco mil setecientos cincuenta ($ 925.750) a fin de facilitar la realización de las actividades que demande el Proyecto.
2. La OEI percibirá por la prestación de sus servicios administrativos el 4% (cuatro por ciento) del monto destinado a la acactividad, siendo esta suma de Pesos treinta y siete mil treinta ($ 37.030)
3. El Ministerio transferirá a favor de la OEI la cantidad de Pesos novecientos sesenta y dos mil setecientos
ochenta ($ 962.780) depositados en una cuenta que la OEI informará oportunamente para la recepción de dichos fondos.
4. El Ministerio realizará el desembolso una vez firmada la presente Acta para dar comienzo al cronograma de ejecución especificado en el Anexo.
5. Dichas partidas presupuestarias serán utilizadas para el pago de Honorarios, Matrículas y Consultorías, Impresiones, Insumos y Materiales, Viáticos y Pasajes, y distintos tipos de gastos detallados en el Anexo de la presente Acta.
6. La OEI presentará a el Ministerio una rendición de gastos final que será acompañada de la documentación respaldatoria original correspondiente, en un plazo de 360 días contados a partir de la fecha de pago, en un todo de acuerdo a la normativa en materia de administración financiera del Estado y conforme a las normas de contabilidad generalmente aceptadas en la República Argentina, pudiendo el Ministerio requerir rendiciones parciales en función del grado de avance. El Ministerio en un término no mayor a noventa (90) días a partir de la fecha en que la OEI presente la Rendición Final de gastos, realizará las observaciones pertinentes, transcurrido dicho plazo y de no mediar observaciones la misma será considerada aprobada.
7. Los montos remanentes o no utilizados por la OEI finalizado el Plan de Trabajo, de no mediar modificaciones o prórrogas a la presenta Acta, serán depositados al momento de presentar la rendición final de gastos en la cuenta que será oportunamente informada por el Ministerio.
Quinta: La OEI no podrá hacer frente a sus obligaciones hasta tanto el Ministerio no efectúe la transferencia de fondos correspondiente.
Sexta: El Ministerio y la OEI se comprometen a realizar reuniones periódicas con el fin de analizar la marcha del Proyecto, evaluar las actividades conjuntas realizadas, efectuar los ajustes necesarios y programar las acciones futuras. El Ministerio designa como responsable del Proyecto a Alejandro Aznar.
Séptima: Los derechos de propiedad de autor y de reproducción, así como cualquier otro derecho intelectual de cualquier naturaleza que sea sobre cualquier informe, trabajo, estudio u obra producida como consecuencia de este Convenio, pertenecerán exclusivamente a el Ministerio.
Octava: Las partes se comprometen a cumplir cabal y acabadamente con sus obligaciones contractuales. No obstante ello las mismas podrán rescindir el presente dando aviso a la otra parte con treinta (30) días de anticipación en cuyo caso la OEI percibirá los pagos proporcionales al trabajo realizado.
Novena: En caso de divergencia sobre la interpretación o la ejecución del presente convenio las partes fijan sus domicilios en los arriba indicados y se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
De conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor y a igual efecto legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 04 días del mes de Diciembre de dos mil trece.
ANEXO
PROYECTO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL SECTOR SALUD DE LA PROVINCIA DE MENDOZA ESTRATEGIA GENERAL Y OBJETIVOS
El Ministerio de Salud ha elaborado el Plan de Protección Integral de Salud Salud por Mendoza, que tiene por objetivo reforzar la protección de la salud de los mendocinos desde la prevención, el cuidado y la óptima atención. Entre sus principales medidas promueve la creación de un Seguro Público Provincial y su implementación a través de una ley marco que fije un porcentaje del PBI destinado al área y se oriente a coordinar efectores públicos nacionales y provinciales, con obras sociales y el sector privado, con la intención de atender a los pobladores de Mendoza sin cobertura de salud.
Dentro de esta estratega general, es preciso el fortalecimiento institucional del sector Salud avanzando en los temas relativos al Tablero de Comando, Formación Prioritaria de Recursos Humanos y Asistencia Técnica. El objetivo general es contar con un Ministerio mejor adaptado a las necesidades actuales y venideras que demanda la implementación del Plan de Protección Integral de Salud.
Para el fortalecimiento descrito, y en continuidad con las tareas desarrolladas conjuntamente a lo largo del año 2012, se ha determinado la inclusión de estas actividades en un Acta específica a suscribirse con la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación y la Cultura (OEI) para asistir técnicamente en dicho proceso.
Componentes del Proyecto
1. Tablero de Comando (2da fase)
2. Formación Prioritaria de Recursos Humanos en el Sector Salud
3. Asistencia Técnica para el Fortalecimiento Institucional del Sector
Productos esperados
Los productos esperados serán una serie de documentos, pautados y elaborados en conjunto con el Ministerio. Además, se realizarán las tramitaciones necesarias para facilitar la concreción de la formación de recursos humanos y la asistencia técnica solicitada por el Ministerio.
Con relación al Componente
1 Tablero de Comando:
1. Diseño del Tablero de Comando para los Centros de Salud y Hospitales
2. Diseño del Tablero de Comando para la Sala de Situación, Ministerio de Salud y Gobernación
3. Estrategia para el procesos de implementación en dichos ámbitos (incluye el mantenimiento los mecanismos de captura, recolección y actualización de los datos)
Con relación al Componente, 2 Formación Prioritaria de Recursos Humanos en el Sector Salud:
1. Implementación de las acciones de desarrollo de competencias y aptitudes definidas por el Ministerio en el marco del Plan Protección Integral de la Salud "Salud por Mendoza". Se trata de cursos, módulos, casos, problemas, exámenes, ejercicios, experiencias, conferencias, cuestionarios, simulaciones, etc. que atiendan la demanda de formación en Salud Pública
2. Ejecución del presupuesto de las acciones de desarrollo Con relación al Componente
3 Asistencia Técnica para el Fortalecimiento Institucional del Sector:
1. Implementación de las acciones estratégicas relacionadas con la mejora continua y la promoción y prevención del Plan de Protección integral de la Salud Salud por Mendoza
2. Ejecución del cronograma y presupuesto de las acciones estratégicas Plazo de ejecución y plan de trabajo
• Un año
• En el plazo de 30 días de la firma del Acta Complementaria se remitirá el Plan de Trabajo propuesto para el Proyecto Recursos requeridos
• Consultores Senior, con experiencia en:
a) la implementación de Sistemas de información Gerencial en general y Tableros de Comando en particular,
b) programas de Desarrollo Humano y Capacitación,
c) mejora continua y promoción y prevención de la salud
• Consultores Junior en materia afines, con el objeto de asistir en la ejecución actividades vinculadas al Fortalecimiento de los Sistemas de información de Salud de la Provincia.
• Matrículas y costos asociados a la implementación de las acciones de desarrollo
Presupuesto
Items Categoría Costo x categ./total
1. Honorarios profesionales Consultores Senior $ 432.000
Consultores Junior $ 144.000
Subtotal Honorarios profesionales $ 576.000
3. Matrículas y Matrículas e inscripciones y costos asociados costos asociados $ 349.750
Subtotal Matrículas y costos asociados $ 349.750
Total $ 925.750
Percepción por servicios administrativos OEI (4%) $ 37.030
ACTA COMPLEMENTARIA N° 3 AL CONVENIO MARCO SUSCRIPTO ENTRE EL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE MENDOZA Y LA ORGANIZACION DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PROYECTO CREACIÓN DE LA ESCUELA DE SALUD PÚBLICA MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE MENDOZA
Entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza, en adelante el Ministerio, representado en este acto por su Ministro Dr. Carlos Díaz Russo, con domicilio en Casa de Gobierno de la provincia de Mendoza, Piso 5to., de la Ciudad de Mendoza por una parte, y por la otra, la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Oficina en Buenos Aires, en adelante la OEI, representada en este acto por su Director, Profesor Darío Pulfer, con domicilio legal en Paraguay 1510 de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se celebra la presente Acta Complementaria de acuerdo a lo prescrito en el Convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio y la OEI firmado en el año 2012, en cuya cláusula Tercera dispone:
Las acciones a que de lugar la implementación del presente Convenio Marco serán instrumentadas a través de Actas Complementarias. En este sentido, el señor Ministro, Dr. Carlos Díaz Russo por el Ministerio y el señor Director Regional Profesor Darío Pulfer por la OEI firman la presente Acta complementaria a fin de dar inicio al Proyecto Creación de la Escuela de Salud Pública del Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza y de acuerdo a las siguientes cláusulas:
Primera: Iniciar el desarrollo del Proyecto Creación de la Escuela de Salud Pública del Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza cuyos objetivos y estrategias generales se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Acata. Para su cumplimiento se desarrollarán los siguientes componentes:
1. Diseño y evaluación de factibilidad
2. Implementación y acuerdo de formulación
3. Red institucional y convenios de articulación
4. Infraestructura tecnológica y capacitación
5. Organización interna, oferta académica
Segunda: El ACTA COMPLEMENTARIA N° 3
AL CONVENIO MARCO SUSCRIPTO ENTRE EL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE MENDOZA Y LA ORGANIZACION DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PROYECTO CREACIÓN DE LA ESCUELA DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE MENDOZA
Entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza, en adelante el Ministerio, representado en este acto por su Ministro Dr. Carlos Díaz Russo, con domicilio en Casa de Gobierno de la provincia de Mendoza, Piso 5to., de la Ciudad de Mendoza por una parte, y por la otra, la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Oficina en Buenos Aires, en adelante la OEI, representada en este acto por su Director, Profesor Darío Pulfer, con domicilio legal en Paraguay 1510 de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se celebra la presente Acta Complementaria de acuerdo a lo prescrito en el Convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio y la OEI firmado en el año 2012, en cuya cláusula Tercera dispone:
Las acciones a que de lugar la implementación del presente Convenio Marco serán instrumentadas a través de Actas Complementarias. En este sentido, el señor Ministro, Dr. Carlos Díaz Russo por el Ministerio y el señor Director Regional Profesor Darío Pulfer por la OEI firman la presente Acta complementaria a fin de dar inicio al Proyecto Creación de la Escuela de Salud Pública del Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza y de acuerdo a las siguientes cláusulas:
Primera: Iniciar el desarrollo del Proyecto Creación de la Escuela de Salud Pública del Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza cuyos objetivos y estrategias generales se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Acata. Para su cumplimiento se desarrollarán los siguientes componentes:
1. Diseño y evaluación de factibilidad
2. Implementación y acuerdo de formulación
3. Red institucional y convenios de articulación
4. Infraestructura tecnológica y capacitación
5. Organización interna, oferta académica
Segunda: El Ministerio queda comprometido a:
1. Financiar con cargo a su presupuesto, los gastos que demande el cumplimiento de la presente Acta.
2. Coordinar las distintas etapas de implementación del Proyecto con la OEI, como asimismo con los otros Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales intervinientes.
3. Realizar los procesos de selección de consultores y solicitar las contrataciones, adquisiciones y demás erogaciones que realizará la OEI para el cumplimiento de los objetivos del proyecto.
4. Coordinar la implementación de los proyectos con el resto de las áreas gubernamentales y no gubernamentales involucradas.
5. Supervisar, evaluar y auditar el funcionamiento de las distintas etapas del trabajo.
6. Coordinar la difusión de resultados de los proyectos.
Tercera: La OEI se compromete a:
1. Planificar, organizar y ejecutar el proyecto en forma conjunta con el Ministerio.
2. Seleccionar las personas requeridas para desarrollar las actividades correspondientes conforme a los perfiles necesarios para la ejecución del proyecto.
3. Realizar las contrataciones y/o todo acto administrativo a solicitud, por cuenta y orden del Ministerio, necesarios para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas por el presente convenio.
4. Presentar oportuna Rendición Final de Cuentas sobre el total de los montos pudiendo el ministerio solicitar rendiciones parciales en función del grado de avance.
Cuarta: Financiamiento y Desembolsos
1. El Ministerio destinará la suma de Pesos ochocientos mil ($ 800.000) a fin de facilitar la realización de las actividades que demande el Proyecto.
2. La OEI percibirá por la prestación de sus servicios administrativos el 4% (cuatro por ciento) del monto destinado a la actividad, siendo esta suma de Pesos treinta y dos mil con 00/100 ($ 32.000)
3. El Ministerio transferirá a favor de la OEI la cantidad de Pesos ochocientos treinta y dos mil ($ 832.000) que serán depositados en una cuenta que la OEI informará oportunamente para la recepción de dichos fondos.
4. El Ministerio realizará el desembolso una vez firmada la presente Acta para dar comienzo el cronograma de ejecución especificado en el Anexo.
5. Dichas partidas presupuestarias serán utilizadas para el pago de Honorarios y Consultorías, Impresiones, Insumos y Materiales, Viáticos y Pasajes, y distintos tipos de gastos detallados en el Anexo de la presente Acta.
6. La OEI presentará a el Ministerio una rendición de gastos final que será acompañada de la documentación respaldatoria correspondiente en un plazo de 360 días contados a partir de la fecha de pago, en un todo de acuerdo a la normativa en materia de administración financiera del Estado y conforme a las normas de contabilidad generalmente aceptadas en la República Argentina, pudiendo el Ministerio requerir rendiciones parciales en función del grado de avance. El Ministerio en un término no mayor a noventa (90) días a partir de la fecha en que la OEI presente la Rendición Final de gastos, realizará las observaciones pertinentes, transcurrido dicho plazo y de no mediar observaciones la misma será considerada aprobada.
7. Los montos remanentes o no utilizados por la OEI finalizado el Plan de Trabajo, de no mediar modificaciones o prórrogas a la presenta Acta, serán depositados al momento de presentar la rendición final de gastos en la cuenta que será oportunamente informada por el Ministerio.
Quinta: La OEI no podrá hacer frente a sus obligaciones hasta tanto El Ministerio no efectúe a transferencia de fondos correspondiente.
Sexta: El Ministerio y la OEI se comprometen a realizar reuniones periódicas con el fin de analizar la marcha del Proyecto, evaluar las actividades conjuntas realizadas, efectuar los ajustes necesarios y programar las acciones futuras. El Ministerio designa como responsable del Proyecto a Diego Álvarez.
Séptima: Los derechos de propiedad de autor y de reproducción, así como cualquier otro derecho intelectual de cualquier naturaleza que sea sobre cualquier informe, trabajo, estudio u obra producida como consecuencia de este Convenio, pertenecerán exclusivamente a el Ministerio.
Octava: Las partes se comprometen a cumplir cabal y acabadamente con sus obligaciones contractuales. No obstante ello las mismas podrán rescindir el presente dando aviso a la otra parte con treinta (30) días de anticipación en cuyo caso la OEI percibirá los pagos proporcionales al trabajo realizado.
Novena: En caso de divergencia sobre la interpretación o la ejecución del presente convenio las partes fijan sus domicilios en los arriba indicados y se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor y a igual efecto legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 04 días del mes de diciembre de dos mil trece.
ANEXO I
PROYECTO CREACIÓN DE LA ESCUELA DE SALUD PÚBLICA DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE MENDOZA
Estrategia general y objetivos El Ministerio de Salud ha elaborado el Plan de Protección Integral de Salud Salud por Mendoza, que tiene por objetivo reforzar la protección de la salud de los mendocinos desde la prevención, el cuidado y la óptima atención. Como un mecanismo extraordinario para solidificar la situación actual y el desarrollo futuro del Sector Salud provincial y regional, se ha propuesto la creación de la Escuela de Salud Pública de la Provincia de Mendoza. Esta institución requiere atender las necesidades propias del Sector Salud pero de un modo nuevo e innovador haciendo el máximo uso de las tecnologías que se encuentran disponibles en el presente. Con este objetivo, se plantea una organización flexible inmersa en la realidad provincial, que haga propia la experiencia en aprendizaje virtual del Ministerio, que promueva el uso de los nodos de comunicación hoy existentes y maximice el uso de las tecnologías en el Sector Salud, que desarrolle una agenda propia de capacitación y formación y que favorezca un incremento en la oferta de herramientas tecnológicas disponibles para el personal dependiente el Ministerio. Además, poseerá una significativa inserción nacional e internacional con organismos nacionales e internacionales, públicos y privados, siendo partícipe de una red interinstitucional de múltiples actores.
Al mismo tiempo, se pone de manifiesto que la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación y la Cultura (OEI) cuenta con prestigiosos profesionales, vasta experiencia en materia de educación, así como en el diseño de entornos virtuales de aprendizaje y plataformas específicas para difusión y educación a distancia y un prolífico entramado institucional. Todos estos elementos han confluido armónicamente para el establecimiento del Instituto Iberoamericano de TIC y Educación (IBERTIC).
Para la creación esbozada, y reconociendo los antecedentes de la OEI se elabora el Proyectode Creación de la Escuela de Salud Pública instrumentado en la presente Acta Complementaria entre el Ministerio de Salud y la y OEI.
Componentes del Proyecto
1. Diseño y evaluación de factibilidad
2. Implementación y acuerdo de formulación
3. Red institucional y convenios de articulación
4. Infraestructura tecnológica y capacitación
5. Organización interna, oferta académica
Productos esperados
Los productos esperados serán una serie de documentos, pautados y elaborados en conjunto con el Ministerio. Además, se realizarán las tramitaciones necesarias para facilitar la concreción de la red institucional y los convenios de articulación. Finalmente, se propondrá e implementará una capacitación específica para los recursos humanos dependientes del Ministerio asignados a este Proyecto.
En detalle, los productos esperados son:
• Diseño, evaluación de factibilidad y acuerdo de formulación
• Propuesta de red institucional y facilitación de los convenios de articulación (red de cooperación inter-programática de personas, servicios e instituciones)
• Propuesta de Educación y capacitación en investigación, entendiendo a la gestión en salud pública como construcción de conocimientos y organización de aprendizaje situado a contexto
• Análisis de la infraestructura tecnológica y propuesta de capacitación (e implementación de cursos)
• Propuesta de organización interna y oferta académica
Plazo de ejecución y plan de trabajo
• Un año
• En el plazo de 30 días de la firma del Acta Complementaria se remitirá el Plan de Trabajo propuesto para el Proyecto Recursos requeridos
• Consultores Senior, con experiencia en:
a) programas de Desarrollo Humano y Capacitación,
b) desarrollo de Escuelas de Salud Pública,
c) entornos virtuales de aprendizaje • Consultores Junior en materia afines, con el objeto de asistir en la ejecución
• Traslados y Viáticos
• Matrículas y costos asociados a la implementación de las acciones de capacitación Presupuesto Items Categoría Costo x categ. /total
1. Honorarios profesionales Consultores Senior $ 188.000
Consultores Junior $ 144.000
Subtotal Honorarios
profesionales $ 332.000
Comunicaciones, materiales
2. Otros gastos (eventos) $ 50.000
Seguros - Gastos generales - Otros (especificar) - Subtotal Otros gastos $ 50.000
3. Gastos de viaje Transporte $ 45.500
Viáticos $ 22.750
Subtotal Gastos de viaje $ 68.250
4. Matrículas y Matrículas e inscripciones y costos asociados costos asociados $ 349.750
Subtotal Matrículas y costos asociados $ 349.750
Total $ 800.000
Percepción por servicios administrativos OEI (4%) $ 32.000

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