VISTO:
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 40.997 regula el Sistema de Residencias del Equipo de Salud en sus distintas especialidades básicas y posbásicas de formación de los recursos humanos en salud en el Nivel de Postgrado;
Que el programa de la Residencia de Clínica Médica con orientación en Hemoterapia e Inmunohematología tiene por objetivo disponer de recursos humanos altamente calificados que amplíe las garantías de seguridad transfusional y autosuficiencia en sangre y componentes, en cumplimiento de lo preceptuado en la Ley de Sangre N° 3328;
Que, en ese sentido, la Dirección de Capacitación y Docencia dependiente de la Dirección General de Docencia e Investigación propicia la aprobación del Programa Docente de la Residencia de Clínica Médica con orientación en Hemoterapia e Inmunohematología;
Que el diseño curricular del mencionado Programa Docente pretende, a través de un proceso estructurado y formal, la adquisición de competencias que avalen el ejercicio de la especialidad contemplando los avances científicos - tecnológicos y los problemas del sistema de salud, constituyendo la herramienta esencial para cumplimentar los extremos de la precitada Ordenanza y la Ley Básica de Salud N° 153.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE
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