VISTO el Expediente N° 1-2002-18675/14-7 del registro del MINISTERIO DE SALUD, el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 543 del 20 de julio de 2012, las Resoluciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 946 del 21 de noviembre de 2012, 958 del 22 de noviembre de 2012 y 654 del 14 de agosto de 2014 y la Resolución de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010, modificada por la Resolución de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 467 del 20 de noviembre de 2012, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que por la Decisión Administrativa N° 543 del 20 de julio de 2012 se exceptuó al MINISTERIO DE SALUD de la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley 26.728, a los efectos de posibilitar la cobertura de CUATROCIENTOS ONCE (411) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente.
Que por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 946 del 21 de noviembre de 2012 se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de CIENTO VEINTE (120) cargos vacantes y financiados conforme a lo establecido por el artículo 29 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias.
Que mediante Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 958 del 22 de noviembre de 2012, se aprobaron las Bases de los Concursos para la cobertura de CIENTO VEINTE (120) cargos, de los cuales CINCUENTA (50) corresponden al MINISTERIO DE SALUD, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo de la misma, y se llamó a concurso mediante convocatoria extraordinaria y a través del sistema de selección general, para la cobertura de los cargos vacantes y financiados detallados en su Anexo.
Que en un todo de acuerdo a lo establecido por las normas citadas, se ha finalizado con las etapas previstas para tal proceso bajo concurso correspondientes al Comité de Selección N° 3.
Que dicho Comité se ha expedido en virtud de su competencia, elevando el Orden de Mérito correspondiente a los cargos concursados y la recomendación de grados conforme lo establecen los artículos 24, 31 y 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y modificatorios.
Que mediante Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 654/14 se aprobó el orden de Mérito definitivo correspondiente a los cargos concursados.
Que la DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS del MINISTERIO DE SALUD ha certificado que no se han presentado recursos administrativos contra la Resolución mencionada precedentemente.
Que por lo expuesto procede designar en los cargos concursados a quienes obtuvieron los CINCUENTA (50) primeros lugares en el Orden de Mérito.
Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.008, se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de dicha Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a la fecha señalada, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de la mencionada Ley se dispuso que las facultades conferidas por dicho acto legal al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto en el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de Planta Permanente y no Permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido por el artículo 6° del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y sus modificatorios.
Que han tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SALUD, la ex SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° y 10 de la Ley N° 27.008 y 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
La Presidenta de la Nación Argentina decreta:
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