VISTO: Las actuaciones mediante las cuales la Sra. Secretaría de Prevención y Promoción de la Salud propone la creación de la Unidad de Via Aérea, Centro de Referencia de Patología Laringotraqueal, dependiente de esta Cartera de Salud.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos informe debidamente circunstanciado, presentado por la Secretaría de Prevención y Promoción de la Salud de esta Cartera, en el que expone los fundamentos justificativos de la gestión propiciada.
Que a partir del momento en que la “Ventilación Asistida” comenzó a jugar un rol protagónico en las Salas de Terapia Intensiva de las Unidades Neonatales, comenzó a aparecer cada vez con mayor frecuencia la patología traqueal “Estenosis Subglótica”, que consiste en un estrechamiento de grado variable por debajo de las cuerdas vocales como consecuencia de la retracción cicatrizal provocada por la presencia del tubo endotraqueal utilizado muchas veces en forma prolongada.
Que el tratamiento de esta patología implica maniobras quirúrgicas como pueden ser: una traqueotomía transitoria, dilataciones traqueales, como práctica mas conservadora, o en los casos más severos, una laringotraqueoplastia con injertos de cartílago provenientes del mismo paciente.
Que este problema complejo, que para su resolución necesita de un equipo multidisciplinario con apoyo tecnológico apropiado, fue el gatillo que disparó desafíos y competencias para con estos pacientes y todos aquellos con patologías congénitas y adquiridas que padecen una obstrucción funcional u orgánica de la vía aérea.
Que atendiendo a los significativos avances que se fueron realizando a lo largo de los últimos años, sumado a la experiencia ganada por los profesionales del Hospital de Niños de la Santísima Trinidad, aplicada con otras tantas patologías complejas; ha transformado al Servicio de Cirugía del mencionado Hospital en un Centro de referencia para los problemas laringotraqueobronquiales de difícil solución.
Que entre los principales objetivos de la gestión propiciada se pretende crear un Centro de Referencia para el tratamiento integral de las “Patologías Laringotraqueobronqueales” desde el período neonatal hasta la adolescencia, con un equipo multidisciplinario conformado por los referentes más destacados en cada una de las áreas convocadas, quienes tendrán a cargo la asistencia, docencia, investigación y extensión del mismo.
Que este equipo, con asiento en el Hospital de Niños de la Santísima Trinidad y dependiente del Departamento de Cirugía del mismo, aspira a la resolución del problema desde el diagnóstico, tratamiento, hasta la reeducación y seguimiento con una atención personalizada sobre cada paciente.
Que consecuentemente con lo expuesto, es menester ordenar el dictado del Instrumento Legal de rigor, creando la Unidad en cuestión, definiendo su dependencia e integración de la misma.
Por ello, lo informado por la Secretaría de Prevención y Promoción de la Salud y en uso sus atribuciones,
El Ministro de Salud resuelve:
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