DECRETO 71/2015
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE MISIONES
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Programas sociales en ejecución en el Ministerio de Desarrollo Social la Mujer y la Juventud.
Del: 03/02/2015; Boletín Oficial: 06/03/2015
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VISTO: El Expediente 5000-668-14- MDSMyJ caratulado “COORDINADORA OPERATIVA DE LA UNIDAD SUPERIOR S/PRORROGA DE PROGRAMAS PARA AÑO 2015”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el 30/dic/14 se ha producido el vencimiento establecido para los Programas Sociales en ejecución por el Ministerio de Desarrollo Social, la Mujer y la Juventud detallados a continuación;
• Decreto N° 241/08 y artículo 1° del Decreto N° 493/08- PROGRAMA CENTROS DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO SOCIAL;
• Decreto Nº 1039/08 y artículo 2° del Decreto N° 87/09 PROGRAMA FORTALECIMIENTO ALIMENTARIO NUTRICIONAL;
• Decreto N° 3262/08 - PROGRAMA DE PREVENCIÓN, SENSIBILIZACIÓN, CAPACITACIÓN EN LAS DIFERENTES TIPOLOGÍAS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y ATENCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA FAMILIAR;
• Decreto Nº 141/09 - PROGRAMA CAPACITACIÓN PARA LA INTEGRACIÓN LABORAL DE PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES;
• Decreto N° 170/09 - PROGRAMA DE CONCIENTIZACIÓN, PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS;
• Decreto N° 179/09 - PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LAS INSTITUCIONES QUE ACTÚAN EN LA DINÁMICA FUNCIONAL FAMILIAR;
• Decreto Nº 377/11 - RESIDENCIA SOCIOEDUCATIVA PARA NIÑOS Y JÓVENES EN SITUACIÓN DE CALLE;
• Decreto N° 1564/12 - PROGRAMA INTEGRAL DE FORTALECIMIENTO ASISTENCIAL, con sus complementos RESOLUCIÓN MDSMYJ Nºs. 383/13 Y 175/14;
QUE, el titular de la Cartera de Desarrollo Social, la Mujer y Juventud dispuso avanzar con la tramitación pertinente para extender por el año 2015, la vigencia de los mismos, dado el carácter prioritario del servicio de acción comunitaria, focalización familiar, inserción laboral y de articulación institucional, entre otros;
QUE, en el marco de la política de Estado del Gobierno de la Provincia, la racionalización de los gastos y la aplicación ordenada del financiamiento de los mismos, resulta altamente conveniente mantener en Plena actividad dichos Programas, dado los objetivos de carácter social plenamente alcanzados y la economía en el uso del crédito presupuestario generada con la aplicación de tales programas;
QUE, en función de los argumentos sustentados procede disponer la prórroga de la vigencia de los dispositivos de cita, a partir del mes de enero y hasta el mes de diciembre inclusive del año 2015, contemplando en cada uno de los programas el incremento de hasta un 30% (treinta por ciento) sobre el tope autorizado por el Decreto N° 61/14, a los fines de dar cobertura a los ajustes incidentes en el mayor costo de las erogaciones, tomando en consideración la vigencia de los mencionados instrumentos;
QUE, le Dirección General de Coordinación de Asuntos Jurídicos, Legal y Técnica do la mencionada Cartera Ministerial, ha emitido dictamen con intervención de su competencia;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia de Misiones decreta:
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Artículo 1°.- PRORRÓGASE, en todas sus partes, a partir del mes de enero y hasta el mes de diciembre inclusive del año 2015, la Vigencia de los PROGRAMAS SOCIALES en ejecución en el Ministerio de Desarrollo Social la Mujer y la Juventud que se detallan a continuación:
a) Decreto N° 241/08 y artículo 1º del Decreto N° 493/08 - PROGRAMA CENTROS DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO SOCIAL;
b) Decreto N° 1039/08 y artículo 2° del Decreto N° 87/09 - PROGRAMA FORTALECIMIENTO ALIMENTARIO NUTRICIONAL;
c) Decreto Nº 3262/08 - PROGRAMA DE PREVENCIÓN, SENSIBILIZACIÓN, CAPACITACIÓN EN LAS DIFERENTES TIPOLOGIAS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR. Y ATENCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VICTIMAS DE VIOLENCIA FAMILIAR;
d) Decreto N° 141/09 - PROGRAMA CAPACITACIÓN PARA LA INTEGRACIÓN LABORAL DE PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES;
e) Decreto N° 170/01- PROGRAMA DE CONCIENTIZACION, PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS;
f) Decreto Nº 179/09 - PROGRAMA DEFORTALECIMIENTO DE LAS INSTITUCIONES QUE ACTÚAN EN LA DINÁMICA FUNCIONAL FAMILIAR;
g) Decreto N° 377/11 -RESIDENCIA SOCIOEDUCATIVA PARA NIÑOS Y JÓVENES EN SITUACIÓN DE CALLE.
h) Decreto Nº 1564/12 - PROGRAMA INTEGRAL DE FORTALECIMIENTO ASISTENCIAL, con sus complementos RESOLUCIÓN MDSMYJ Nºs. 383/13 Y 175/14.-
Art. 2°.- FACÚLTASE a la mencionada Cartera Ministerial a concretar con dispositivo de su Jurisdicción y con estricto ajuste en el cumplimiento de las disposiciones del artículo 49° de la Ley VII - N° 11, las erogaciones mensuales de cada uno de los Programas prorrogados por el artículo 1° por hasta el monto máximo autorizado por Decreto N° 61/14, con más un 30% (treinta por ciento) para los ajustes en los importes y concepto que resulten imprescindibles llevar a cabo en la ejecución de tales Programas o subprogramas que deriven de los mismos.-
Art. 3°.- AUTORIZASE a la Dirección del Servicio Administrativo de Desarrollo Social a proceder, con Resolución Ministerial, a la liquidación y pago que se disponga en función de lo dispuesto precedentemente, con cargo al Presupuesto vigente de la Jurisdicción 05-Ministerio de Desarrollo Social, la Mujer y la Juventud a las partidas que se indican a continuación:
05-01-0-4-90-1-03-031-03160- SCD 0-02-Ayudas de Emergencias
05-01-0-Programa 0-01-POSOCO-4-30-1-03-031-03160- Aporte a Actividades No Lucrativas
SCD 0.01 - Otras Políticas Sociales
SCD 0-05 - Prog. Sust. Comed. Comunitarios
05-01-0- Programa 0-01-POSOCO-4-30-1-03-032-03260
SCD 0-01- Prog. Asistencia a la Población
05-03-0-4-30-1-03-031-03160- Aportes a Actividades No Lucrativas
CUENTA ESPECIAL 01 -FDO. PROV. HOG. DE MENORES EN SIT. RIESGO
05-03-2-01-4-30-1-03-031-03160 - Aporte a Actividades No Lucrativas
SCD 0-01 -Pdo. Prov. Hog. De Menores en Sit. Riesgo
Art. 4°.- REFRENDARÁ el presente Decreto el señor Ministro-Secretario de Desarrollo Social; la Mujer y la Juventud.-
Art. 5º.- REGISTRESE, comuníquese, tomen conocimiento Ministerio de Desarrollo Social, la Mujer y la Juventud, Dirección del Servicio Administrativo de Desarrollo Social y demás dependencias competentes. Cumplido, ARCHIVESE.-
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