DECRETO 312/2015
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO


 
Subsidios por Salud a personas sin cobertura social.
Del: 05/03/2015; Boletín Oficial: 27/03/2015

VISTO: la política de Salud Pública implementada por el Gobierno de la Provincia a través del Ministerio de Salud; y
CONSIDERANDO:
Que por Ley 5.998 y modificatorias se aprueba la Resolución Ministerial Nº 495/1994, por la que se implementa el Régimen de Subsidios no reintegrables que se acordarán a personas físicas con el fin de atender situaciones de necesidad que no pueden resolverse en tiempo oportuno con recursos propios y que coloque al beneficiario en una situación de incapacidad económica para enfrentar una contingencia relacionada con la salud y que no cuente con cobertura social;
Que la normativa citada establece procedimientos sencillos con el fin de optimizar el acceso equitativo e igualitario al Derecho a la Salud, expresamente consignado por la Constitución de la Provincia;
Que el inciso B del apartado III de la Reglamentación Vigente determina que corresponde a la Subsecretaría de la Salud la provisión de todo tipo de elementos (Ortesis y Protesis) con fines correctivos, preventivos o reparadores de la salud, previo cumplimiento de los recaudos formales establecidos por el apartado IV de la normativa citada;
Que en razón de ello el Ministerio de Salud, eleva detalle de personas físicas que requieren el inmediato accionar público a fin de garantizar el acceso a la salud, con indicación expresa de la patología que sufren y el profesional médico que requiere la asistencia;
Por ello,
La Señora Gobernadora de la Provincia decreta:

Artículo 1º.- Otórguese Subsidios por Salud a personas sin cobertura social para cubrir requerimientos médicos, las que se encuentran detalladas en el Anexo I, que pasan a formar parte del presente Decreto.
Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior se atenderá con fondos provenientes de la Jur. 26 - Programa 11 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - A/O 01 - Partida 514 - Ayuda Sociales a Personas, debiendo Delegación Contable de Salud - Rentas Generales, emitir la pertinente Orden de Pago a favor de la firma PRIMA IMPLANTES S.A.
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y dése al BOLETIN OFICIAL.
Claudia L. de Zamora; Elías Miguel Suárez; Luis César Martínez


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