DECISIÓN ADMINISTRATIVA 445/2015
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (J.G.M.)
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Contratación Directa Nº 142/2014. Ampliación.
Del: 02/07/2015; Boletín Oficial 03/07/2015.
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VISTO el Expediente Nº 2002-9815/15-7 del registro del MINISTERIO DE SALUD y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 99 de fecha 31 de marzo de 2015 se adjudicó el renglón 1 de la Contratación Directa Nº 142/2014 del MINISTERIO DE SALUD, por CUATRO MIL SETECIENTOS (4.700) frascos ampolla de polvo liofilizado de Palivizumab por CIEN (100) miligramos, para la prevención de la Insuficiencia Respiratoria Aguda baja en lactantes prematuros de alto riesgo, con antecedentes de enfermedad pulmonar crónica, que son atendidos en el sector público.
Que la DIRECCION NACIONAL DE MATERNIDAD E INFANCIA del MINISTERIO DE SALUD solicita la ampliación del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) del producto adquirido para cubrir en su totalidad la población de riesgo con criterios de inclusión para la prevención de la infección respiratoria por Virus Sincicial Respiratorio.
Que la SUBSECRETARIA DE MEDICINA COMUNITARIA, MATERNIDAD E INFANCIA y la SECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA, ambas del MINISTERIO DE SALUD, prestaron conformidad a la presente ampliación.
Que se cuenta con el consentimiento de la firma adjudicataria.
Que por lo expuesto, corresponde ampliar el monto contratado con la firma ABBOTT LABORATORIES ARGENTINA S.A., conforme lo establecido en el artículo 12, inciso b) del Decreto Delegado Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y el artículo 124 inciso a) del Anexo del Decreto Nº 893 de fecha 7 de junio de 2012 y su modificatorio.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 35 inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 aprobado por el Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y el artículo 14 inciso g) del Anexo del Decreto Nº 893 de fecha 7 de junio de 2012, ambos modificados por su similar Nº 1039 de fecha 29 de julio de 2013.Por ello,
El Jefe de Gabinete de Ministros decide:
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Artículo 1°.- Amplíase en un TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) el monto contratado con la firma ABBOTT LABORATORIES ARGENTINA S.A., CUIT Nº 30-50084630-1, mediante la Orden de Compra Nº 127/2015 emitida en el marco de la Contratación Directa Nº 142/2014 del MINISTERIO DE SALUD, por un total de MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO (1.645) frascos ampolla de polvo liofilizado de Palivizumab por CIEN (100) miligramos, por la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 16.961.595,00).
Art. 2°.- La suma de PESOS DIECISEIS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 16.961.595,00) deberá ser afectada al ejercicio 2015, con cargo al presupuesto del MINISTERIO DE SALUD, Jurisdicción 80, Programa 17, Subprograma 1, Actividad 3, IPP 251, Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.
Art. 3°.- Autorízase a la DIRECCION DE COMPRAS, PATRIMONIO, SUMINISTROS Y SERVICIOS del MINISTERIO DE SALUD a suscribir la pertinente orden de compra.
Art. 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Aníbal D. Fernández; Daniel G. Gollan.
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