RESOLUCION 375/2015
MINISTERIO DE SALUD


 
Residentes de Primer Año para el Ciclo Lectivo 2015.
Del: 03/03/2015; Boletín Oficial: 12/03/2015

VISTO:
Las Ordenanzas Nº 40.997, N° 41.793, N° 45.146 y sus modificatorias, el Decreto N° 96/GCBA/12, las Resoluciones Nº 214/MSGC/15 y Nº 220/MSGC/15, el Expediente Electrónico Nº 3279497/MGEYA-DGDOIN/2015, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 214/MSGC/15, rectificada por la Resolución Nº 220/MSGC/15, se llamó a Concurso para la provisión de hasta ochocientos cincuenta (850) cargos de Residentes de Primer Año de los Sistemas de Residencias del Equipo de Salud, de Enfermería y de Apoyo al Equipo de Salud;
Que el Decreto Nº 96/GCBA/12 encomendó al Ministerio de Salud la facultad de distribuir entre los distintos Hospitales bajo su dependencia la cantidad de cargos por especialidad;
Que, en consecuencia, corresponde establecer la distribución de los cargos del Sistema de Residencias que se concursan en los distintos hospitales y servicios de salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a los efectos de determinar la distribución de los cargos corresponde considerar la capacidad docente del recurso humano de los distintos establecimientos, como así también, sus especialidades, con el fin de elevar y mejorar la calidad del proceso de formación;
Que la propuesta elevada por la Dirección de Capacitación y Docencia, dependiente de la Dirección General de Docencia e Investigación, se ajusta a las necesidades y capacidades operativas del sistema.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 96/2012,
LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Establécese la distribución de los OCHOCIENTOS CINCUENTA (850) cargos de Residentes de Primer Año para el Ciclo Lectivo 2015 de los Sistemas de Residencias del Equipo de Salud, de Enfermería y de Apoyo al Equipo de Salud, correspondientes al Concurso convocado por la Resolución Nº 214/MSGC/2015, modificada por Resolución Nº 220/MSGC/15 conforme se detalla en el Anexo I (IF-2015-3283044-DGDOIN) que, a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente.
Art. 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Docencia e Investigación, a la Dirección de Capacitación y Docencia y a la Dirección General Administración Liquidación de Haberes.
Reybaud


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