RESOLUCION 412/2015
MINISTERIO DE SALUD


 
Programa docente de la Residencia de Derecho y Salud. Deroga resolución 477/11.
Del: 10/03/2015; Boletín Oficial: 13/03/2015

VISTO:
Las ordenanzas N° 40.997 y N° 41.793 y su Decreto reglamentario N° 873/MCBA/89, el Decreto N° 259/2010 y la Resolución N° 477/GCBA-MSGC/11, y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 40.997 regula el Sistema de Residencias del Equipo de Salud en sus distintas especialidades básicas y posbásicas de formación de los recursos humanos en el Nivel de Posgrado;
Que la Ordenanza N° 41.793 establece el Sistema Municipal de Residencias de Apoyo al Equipo de Salud;
Que la Ordenanza mencionada precedentemente fue reglamentada por el Decreto N° 873/MCBA/89 por medio del cual se regularon, entre otras cuestiones, las funciones específicas del Instructor de residente;
Que por Decreto N° 259/2010 se crea la Residencia de Derecho y Salud, incorporando dicha especialización dentro del marco de las residencias del Sistema de Residencias de Apoyo al Equipo de Salud;
Que por medio de la Resolución N° 477/GCBA-MSGC/11 se convalidó, a partir del ciclo lectivo iniciado el 1 de junio de 2010, el Programa Docente de la residencia mencionada;
Que atento el tiempo transcurrido desde su creación y la experiencia recolectada con los profesionales que han transitado por la especialización, se hace necesario derogar el anterior programa y aprobar uno actualizado;
Que el diseño curricular del presente programa ha contemplado los avances científicos, tecnológicos y los problemas del sistema de salud, los que exigen capacitación específica y permanente del recurso humano en salud.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase, a partir del Ciclo Lectivo 2015, el Programa docente de la Residencia de Derecho y Salud, el que como Anexo I (IF 2015-02212498-DGDOIN) forma parte integrante de la presente.
Art. 2°.- Derógase la Resolución N° 477/GCBA-MSGC/11 y su correspondiente Anexo.
Art. 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Docencia e Investigación y a la Dirección de Capacitación y Docencia del Ministerio de Salud. Cumplido, archívese.
Reybaud

ANEXO
Enlace al texto completo de su respectivo anexo desde aquí.

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