VISTO:
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 40997 regula el Sistema de Residencias del Equipo de Salud en sus distintas especialidades de formación de los recursos humanos en salud en el Nivel de Postgrado;
Que el programa de la Residencia de Terapia Ocupacional tiene por objetivo la capacitación de posgrado de los/las terapistas ocupacionales en concordancia con los criterios establecidos en la Ley Básica de Salud de la Ciudad de Buenos Aires N° 153, la Ley de Salud Mental de la Ciudad de Buenos Aires N° 448 y la Ley de Ejercicio Profesional de la Terapia Ocupacional;
Que, en ese sentido, la Dirección de Capacitación y Docencia dependiente de la Dirección General de Docencia e Investigación propicia la aprobación del Programa Docente de la Residencia de Terapia Ocupacional;
Que el diseño curricular del mencionado Programa Docente pretende, a través de un proceso estructurado y formal, la adquisición de competencias que avalen el ejercicio de la especialidad contemplando los avances científicos - tecnológicos y los problemas del sistema de salud, constituyendo la herramienta esencial para cumplimentar los extremos de la precitada Ordenanza y la Ley Básica de Salud N° 153.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE
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