DECRETO 67/2014
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA


 
Programa de Abordaje Integral de la Enfermedad Renal Crónica (PAIERC).
Del: 30/12/2014; Boletín Oficial: 19/03/2015

Visto el expediente 5033-D-14-77770, en el cual se solicita la creación del Programa de Abordaje Integral de la Enfermedad Renal Crónica, dependiente de la Dirección de Programas Complejos del Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que el marco del compromiso asumido por la Provincia con el Ministerio de Salud de la Nación, de cumplir con las Actividades de Salud Pública (ASP) propuestas por el FESP (Funciones, Esenciales de Salud Pública) que aborda la imperiosa necesidad del diagnóstico precoz de pacientes con Enfermedad Renal Crónica en estadios tempranos para mejorar la calidad de vida de los mismos.
Que la Enfermedad Renal Crónica es un problema de salud pública mundial, la manifestación más grave de la enfermedad es la Insuficiencia Renal Crónica Terminal (IRCT) que lleva al paciente a la necesidad de terapia de sustitución renal como diálisis crónica (hemodiálisis o diálisis peritoneal) o trasplante renal, con el consecuente impacto sobre los sistemas de salud que deben absorber los costos sociales y económicos que estos tratamientos implican.
Que mientras la incidencia de la Insuficiencia Renal Crónica Terminal (IRCT) se ha duplicado en los últimos 10 años, hay muchos pacientes con Enfermedad Renal Crónica en estadios tempranos que no tienen diagnóstico y tratamiento. Se estima que, en la población general, un 16,9% de los mayores de 20 años padecen este problema, de salud. Asimismo, mediante datos registrados en el Sistema Nacional de Trasplantes (SINTRA), se encuentra en aumento el número de pacientes en tratamiento con diálisis, así como el número de trasplantes renales, aunque con diferencias regionales importantes.
Que es de prever en la Provincia un aumento progresivo de estas cifras, considerando la transición epidemiológica en curso, que implica un aumento de las enfermedades crónicas, sumada a un envejecimiento progresivo de la población, hecho que también predispone a la Enfermedad Renal Crónica.
Que existen evidencias de que el tratamiento precoz de la enfermedad renal puede prevenir o retrasar la progresión a estadios más graves, sus complicaciones, así como disminuir el riesgo asociado a la enfermedad cardiovascular.
Que consiste en una planificación estratégica territorial, con los siguientes objetivos:
a) Promover acciones de prevención primaria y secundaria en los estadios 1, 2 y 3 de la Enfermedad Renal Crónica, con el objeto de disminuir la evolución de la enfermedad a estadios avanzados.
b) Identificación de pacientes con Enfermedad Renal Crónica con estadio 4.
c) Promover el registro de pacientes con Enfermedad Renal Crónica avanzada en el Sistema Nacional de Trasplantes (SINTRA), fomentando el control de forma tal que los pacientes lleguen en mejores condiciones al tratamiento hemodialítico y/o trasplante.
d) Como sus objetivos son preventivos, deberá coordinar actividades con la Dirección de Gestión Preventivos y Promoción.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE:

Artículo 1°- Crear el Programa de Abordaje Integral de la Enfermedad Renal Crónica (PAIERC) dependiente de la Dirección de Programas Complejos del Ministerio, por los motivos expuestos en el Considerando de la presente resolución.
Art. 2°- Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.
Matías E. Roby


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