RESOLUCION 3082/2014
MINISTERIO DE SALUD


 
Unidad Ejecutora Provincial del Plan de Acción para la Reducción de la Mortalidad Materno-Infantil, de la Mujer y de Adolescentes.
Del: 13/11/2014; Boletín Oficial: 26/03/2015

Visto el expediente 4646-D-14-77770 y sus acumulados 546-D-14-77770 y 547-D-14-77770, en el cual se solicita crear la Unidad Ejecutora Provincial (UEP), a fin de dar cumplimiento al Decreto N° 896 de fecha 26 de mayo de 2014, que aprueba el Acta Acuerdo referida al Plan de Acción para la Reducción de la Mortalidad Materno-Infantil, de la Mujer y de Adolescentes, y
CONSIDERANDO:
Que en el mes de agosto de 2013 el Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza firmó Actas Acuerdo con el Ministerio de Salud de Nación adhiriendo al Plan Operativo para la Reducción de la Mortalidad materno-infantil, de la mujer y de adolescentes.
Que en el mes de septiembre se acordó, con el asesoramiento de la Dirección Nacional de Maternidad e Infancia, una agenda de acciones y sus responsables en orden de efectivizar el compromiso asumido.
Que en el primer paso de dicho consenso se acordó la creación de la Unidad Ejecutora Provincial (UEP), dependiente del Nivel Central del Ministerio de Salud de la Provincia.
Que la Unidad Ejecutora Provincial facilitará y promoverá todas las acciones tendientes al cumplimiento de metas comprometidas en el Acta Acuerdo.
Por ello, en razón del pedido formulado, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Legal y la conformidad de la Subsecretaría de Gestión de Salud.
EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE:

Artículo 1°- Crear la Unidad Ejecutora Provincial, a fin de dar cumplimiento efectivo a las acciones pactadas con el Ministerio de Salud de la Nación y dar ejecución al Acta Acuerdo suscriptor y aprobada por Decreto N° 896/14.
Art. 2°- La Unidad Ejecutora Provincial estará constituida por el Sr. Ministro de Salud, en calidad de Presidente, el Sr. Subsecretario de Gestión de Salud, el Sr. Director de Maternidad e Infancia, el Sr. Director de Hospitales, el Sr. Director de Atención Primaria, el Sr. Director de Recursos Físicos, el Sr. Director de Promoción, Prevención y Atención Primaria y el Sr. Coordinador Provincial del Plan SUMAR.
Art. 3º- El Director de Maternidad Infancia se desempeñara como Secretario de la Unidad Ejecutora Provincial creada en el Art. 1° de la presente resolución.
Art. 4°- Establecer que las funciones de la Unidad Ejecutora Provincial serán:
a) Sistematizar las reuniones del equipo
b) Optimizar los recursos presupuestarios existentes
c) Fortalecer la Regionalización Perinatal
d) Fortalecer la Regionalización Pediátrica
e) Fortalecer el Recurso Humano
f) Fortalecer la articulación intersectorial e interjurisdiccional.
Art. 5°- Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.
Matías E. Roby


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