RESOLUCION 3478/2014
MINISTERIO DE SALUD


 
Programa Salud Vial.
Del: 30/09/2014; Boletín Oficial 27/05/2015.

VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales la DIRECCIÓN DE EMERGENCIAS SANITARIAS Jurisdiccional eleva el Proyecto “Salud Vial. Una mirada integradora desde el Sistema de Salud Pública, sobre adolescentes victimas del tránsito en la Provincia de Entre Ríos”; y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a los datos arrojados por las estadísticas en los últimos años, se hace necesario implementar políticas públicas en salud que estén orientadas al trabajo de prevención y promoción en Salud Vial e incidentes viales, a fin de brindar herramientas de sensibilización y concientización para lograr un fuerte impacto comunitario;
Que los objetivos que se persiguen a través de este Proyecto son: reducir la morbimortalidad producida por incidentes de tránsito en la Provincia, focalizando sobre aquellos que afectan a la población adolescente y joven; analizar la situación sobre muertes y lesiones de adolescentes derivadas de los siniestros; determinar e instrumentar medidas tendientes al mejoramiento de la atención prehospitalaria en casos de siniestros; sensibilizar a los equipos de salud en la importancia del abordaje de la Salud Vial; intervenir positivamente e instrumentar medidas tendientes a la sensibilización y promoción de la salud respecto de los siniestros viales en la población en general y adolescentes en particular entre otros;
Que asimismo, surge la necesidad de detener el elevado costo sanitario, social y económico producido por los siniestros viales, que impactan en las Unidades Intensivas de la red sanitaria, como así también en los Servicios de Asistencia y Rehabilitación, intensificando las tareas para la reducción de la morbimortilidad y sus secuelas;
Que la DIRECCIÓN DE EMERGENCIAS SANITARIAS de este MINISTERIO cuenta con personal capacitado para formar parte del Proyecto antes mencionado, como Enfermeros, Licenciados en Criminalística, Técnicos en Accidentología y Administrativos;
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de este MINISTERIO ha tomado intervención, informando que la DIRECCIÓN DE EMERGENCIAS SANITARIAS cuenta con crédito presupuestario para su funcionamiento;
Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS Jurisdiccional ha emitido el dictamen pertinente;
Que conforme lo antes expuesto, resulta necesario crear el Programa “Salud Vial. Una mirada integradora desde el Sistema de Salud Pública, sobre adolescentes victimas del tránsito en la Provincia de Entre Ríos” el cual se encontrará bajo la órbita de la DIRECCIÓN DE EMERGENCIAS SANITARIAS de este MINISTERIO;
Que por tratarse de un Programa, corresponde que el mismo combine sus estrategias de articulación a través de la COORDINACION GENERAL DE PROGRAMAS ESPECIALES de este MINISTERIO;
Que las acciones que llevara a cabo este Programa serán a partir de la priorización sanitaria que cada Municipio realice a través de la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS SALUDABLES o mediante la demanda de cada localidad, pudiendo asimismo habilitarse otros mecanismos;
Que el agente Exequiel Eduardo ORTIZ, DNI Nº 33.596.094, quien revista como Personal Suplente en la DIRECCION DE EMERGENCIAS SANITARIAS, estará a cargo de dicho Programa, mientras que el agente Carlos SOSA, DNI Nº 31.196.397, quien también revista como Personal Suplente, será parte del equipo Técnico;
Por ello,
El Ministro Secretario de Estado de Salud resuelve:

Artículo 1º.- Crear el Programa Salud Vial. Una mirada integradora desde el Sistema de Salud Pública, sobre adolescentes victimas del tránsito en la Provincia de Entre Ríos el cual funcionara bajo la órbita de la DIRECCIÓN DE EMERGENCIAS SANITARIAS, articulando sus actividades con la COORDINACIÓN GENERAL DE PROGRAMAS ESPECIALES, ambas de este MINISTERIO, el que agregado como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes.-
Art. 2º.- Establecer que el agente Exequiel Eduardo ORTIZ, DNI Nº 33.596.094, quien revista como Personal Suplente en la DIRECCIÓN DE EMERGENCIAS SANITARIAS, estará a cargo del Programa creado en el Artículo precedente, mientras que el agente Carlos SOSA, DNI Nº 31.196.397, quien también revista como Personal Suplente, será parte del equipo Técnico.-
Art. 3º.- Dejar aclarado que la DIRECCIÓN DE EMERGENCIAS SANITARIAS JURISDICCIONAL cuenta con crédito presupuestario para su funcionamiento, conforme lo manifestado en los considerandos precedentes.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar y archivar.-


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