VISTO:
CONSIDERANDO:
Que el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION emitió una GUIA DE BUENAS PRACTICAS DE INVESTIGACION CLINICA EN SERES HUMANOS aprobada por Resolución N° 1490 del 14 de noviembre de 2007, pero que se hace necesario ampliar las pautas éticas y operativas a todas las investigaciones en salud humana.
Que, el Registro Nacional de Investigaciones en Salud, tiene por objeto sistematizar, consolidar y poner en acceso público la información referente a las investigaciones en salud humana.
Que la presente guía tiene por objeto orientar a investigadores, patrocinadores, miembros de comité de ética en investigación y autoridades reguladoras y sanitarias de las distintas jurisdicciones en el desarrollo y evaluación adecuados de las investigaciones en la que participan seres humanos.
Que la guía y el registro citados son de aplicación obligatoria para los Estudios de Farmacología Clínica, con fines de registro en el ámbito de aplicación de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médicas (ANMAT) y para toda investigación que se financie con fondos del Ministerio de Salud de la Nación y/o de sus organismos descentralizados dependientes.
Que, en relación a la aprobación de las investigaciones, el Ministerio de Salud ha creado por Resolución N° 1089/13 el Departamento de investigación para la Salud de la provincia, cuya función es regular y fiscalizar las actividades de investigación que involucren seres humanos, a fin de garantizar que toda actividad de esta índole que se desarrolle en el ámbito provincial, se realice conforme a la ética y al resguardo de los derechos humanos, ajustada a las normativas internacionales, nacionales y provinciales que correspondan;
Por ello;
El Ministro de Salud resuelve:
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