DECRETO 922/2009
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO


 
Programa de Salud Familiar.
Del: 13/08/2009

VISTO: El Expediente Nº 34734 - Código 33 - Año 2.009, por el cual la Responsable del Programa de Salud Familiar solicita la Homologación del Convenio Marco oportunamente suscripto entre el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Provincia y el Ministerio de Salud de la Nación; y
CONSIDERANDO:
Que el referenciado Convenio tiene por objeto fundamental asegurar el fortalecimiento del Primer Nivel de Atención a través de la estrategia de Atención Primaria de la Salud y garantizar adecuadas condiciones de salud para la población a través del acceso igualitario e integral a la salud como derecho constitucional irrenunciable de los habitantes de la Provincia.-
Que a los efectos de la puesta en práctica e implementación del Programa, la Provincia asume el compromiso de constituir equipos interdisciplinarios de salud que realicen sus tareas insertos en la comunidad a la que pertenecen a través de la participación comunitaria y la acción, intersectorial.
Que conforme lo establece la Cláusula Séptima del convenio la Nación se obliga a transferir a una cuenta especial los fondos necesarios para financiar los recursos aprobados en el marco del proyecto, fondos que serán asignados a financiar los recursos humanos comprometidos en la ejecución del Programa, previa acreditación del cumplimiento de una Carga Horaria de 36 hs. Semanales.-
Que en cumplimiento del Punto 11 de la Cláusula Octava del Convenio, la Provincia asume el compromiso de implementar el Régimen de contratación de Obra por el régimen de designación temporaria de los efectores del programa, el que será puesto en práctica a partir del año 2010, estableciendo para el año 2009 el sistema de Becas por Capacitación en servicio.-
Que a fs. 25 se acompaña nota del Programa de Salud Familiar de la Nación en la que indica los recursos que serán transferidos para la puesta en ejecución del programa.-
Que a fs. 4 Asesoría Legal del Ministerio indica que procede aprobar el Convenio Marco por Decreto del Poder Ejecutivo.
Que Fiscalía de Estado en Dictamen 1137 de agosto del año 2009 indica que no tiene objeción jurídica que realizar para el dictado del Acto Administrativo (Decreto) por el que se ponga en marcha el programa de Salud Familiar.-
Que a fs. 29 y 30 se acompaña modelo de Convenio de Becas a suscribir con los diferentes integrantes de cada uno de los Equipos.-
Por ello;
EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:

Artículo 1º.- HOMOLOGASE el Convenio Marco suscripto entre el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Provincia y el Ministerio de Salud de la Nación con el objeto de implementar el Programa de Salud Familiar en el territorio de la Provincia de Salud Familiar, cuyo texto pasa a formar parte integrante como Anexo I del presente Decreto.-
Art. 2º.- APRUEBASE el Convenio de Beca a suscribir por el Sr. Ministro de Salud con cada uno de los integrantes de los equipos de Salud Familiar a constituirse, por los montos expresamente autorizados en cada caso por el responsable del Programa de Salud Familiar de la Nación, el que regirá hasta el 31 de diciembre de 2009, texto que pasa a formar parte integrante como Anexo II del presente Decreto.-
Art. 3º.- FACULTASE al Sr. Ministro de Salud y Desarrollo social a suscribir los correspondientes Convenios de Becas, así como disponer las Altas y Bajas de beneficiarios en base al informe fundado de la Coordinadora Provincial del Programa.-
Art. 4º.- COMUNIQUESE, publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

ANEXO
Enlace al presente decreto incluyendo el texto completo de sus respectivos anexos desde aquí

Copyright © BIREME  Contáctenos