VISTO el expediente N° 2900-106023/09 por el cual se tramita la incorporación del Hospital Municipal Dr. Ramón Carrillo y las Unidades Sanitarias Dr. Atilio Villa y Ministro Arturo Oñativia, dependientes de la Municipalidad de Castelli, al Sistema de Atención Médica Organizada (SAMO), y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza N° 30/09 el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Castelli, solicita tal incorporación;
Que por Resolución CP SAMO N° 18 de fecha 12 de enero de 2010, se propone la incorporación de diversos establecimientos asistenciales, dependientes del Municipio de Castelli, al Régimen del Decreto-Ley N° 8801/77 (T.O. según Decreto Ley N° 10058/83);
Que se estima viable y oportuno proseguir con la implementación administrativa-contable del SAMO incorporando al régimen del citado plexo normativo, aquellos establecimientos que reúnan las características adecuadas de estructura y funcionamiento;
Que cabe señalar que los establecimientos escogidos reúnen todos los requisitos que hacen aconsejable su incorporación al régimen del mencionado Decreto-Ley, razón por la cual procede hacer lugar a la gestión que se promueve;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y por el artículo 29 del Decreto-Ley N° 8801/77;
Por ello,
El Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, decreta:
|