Expte. nº 7532/07 - código 67
VISTO las presentes actuaciones, por las cuales se gestiones la Creación del Área Provincial de Detección de Errores Congénitos del Metabolismo, Endocrinología y Diabetes infantil, con dependencia del Programa Materno Infancia, y
CONSIDERANDO:
Que dicha propuesta se enmarca en la necesidad de dar cumplimiento a las leyes nacionales nºs. 23.413, 23.874 y 24.438, decretos reglamentarios y sus actualizaciones y ley provincial nº 7143.
Que los programas de detección precoz neonatal de errores congénitos del metabolismo, están reconocidos en el ámbito sanitario internacional y nacional como programas de prevención de salud pública esenciales.
Que es necesario prevenir, mediante el diagnóstico y tratamiento precoz de patologías neonatales inaparentes, el daño irreversible ocasionado por las enfermedades.
Que dicha estrategia de prevención y el diagnostico precoz es la forma más eficaz de enfrentar esas enfermedades que por sus características, en general son mortales o secuelantes si no manejan adecuadamente.
Que desarrollar el consejo genético, mejorar la detección precoz en los recién nacidos y el diagnostico perinatal con el tratamiento y correcto seguimiento contribuirá a mejorar la calidad de vida de esos niños.
Que una persona potencialmente discapacitada mental puede desarrollarse íntegramente desde un punto de vista físico e intelectual, permite su inserción productiva en la sociedad y elimina el costo social que implica un diagnóstico tardío.
Que atento a la providencia de los señores Coordinador de Gestión de Salud y Secretario de Servicios de Salud corresponde el dictado del instrumento administrativo pertinente.
Por ello,
El Ministro de Salud Pública resuelve:
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