VISTO:
El Expediente MS-Nº 959.147/13, elevado por el Ministerio de Salud; y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se propicia la ratificación del ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN TÉCNICA, celebrado entre el Ministerio de Salud, representado por su titular Doctor Julio Estéban VIZCONTI, por una parte y por la otra el Ministerio de Gobierno, representado por su titular señor Ingeniero Gustavo Ernesto MARTINEZ, el cual forma parte integrante del presente;
Que dicho Convenio tiene por objeto implementar un sistema de colaboración técnico recíproco en materia de Protección Civil, según lo establece la Ley 3127;
Que ambos Ministerios acuerdan cooperar institucionalmente a fin de optimizar la utilización de los recursos estatales en pos del interés público, del bienestar de la comunidad así como en el aprovechamiento y empleo estratégico en materia de Protección Civil, en el territorio de la provincia de Santa Cruz, persiguiendo un mayor nivel de eficiencia, eficacia y transparencia en el proceso de toma de decisiones;
Que el mismo tendrá una vigencia por el término de dos (2) años, a partir de la firma del mismo y podrá renovarse automáticamente por acuerdo de las partes, este acuerdo regirá para todo el ámbito provincial.
Los proyectos que se lleven adelante deberán continuar hasta su completa finalización en los términos que hayan sido acordados, salvo decisión contraria tomada conjuntamente;
Que los Contratos de Adhesión fueron rubricados por representantes del Ministerio de Salud y el Ministerio de Gobierno;
Por ello y atento al Dictamen DPAL-Nº 0636/14, emitido por la Dirección Provincial de Asuntos Legales, obrante a fojas 31;
El Gobernador de la Provincia decreta:
|