VISTO:
El expediente N° 800-2177-11, registro del Ministerio de Salud Pública; y
CONSIDERANDO:
Que el Programa SUMAR es una Política Federal de Desarrollo de Seguros Públicos de Salud para la población con cobertura del sector público, cuyo objetivo es explicitar y garantizar el acceso a un conjunto de prestaciones y cuidados de salud priorizados a través del Plan de Servicios de Salud del Programa.
Que el Programa busca promover el ejercicio efectivo del derecho a la salud de la población en el territorio nacional, incluido en tratados internacionales suscriptos por el Estado Argentino y que revisten jerarquía constitucional.
Que desde su inicio el Programa ha definido una estrategia de desarrollo y expansión gradual y secuenciada respecto a su alcance territorial, poblacional y prestacional.
Que en el marco de dicha estrategia, a partir del año 2004 brindó cobertura a la población materno infantil en las provincias del NOA y NEA, ampliando su alcance en el año 2007 al resto de las provincias del país.
Que a partir del año 2010 el Programa extendió su cobertura hacia la atención de las Cardiopatías Congénitas, para luego ampliar la misma hacia la atención Perinatal de Alta Complejidad.
Que en Agosto de 2012, su cobertura se extendió hacia nuevos grupos poblacionales, incluyendo niños y niñas de 6 a 9 años, adolescentes de 10 a 19 años, y mujeres de 20 a 64 años de edad.
Que un aspecto distintivo e innovador del Programa SUMAR lo representa su "modelo de financiamiento basado en resultados" nominados, auditadas y con metas de salud crecientes, que promueve un cambio cultural en la visión y gestión de la salud, priorizando la estrategia de la Atención Primaria de la Salud (APS), la eficacia del sistema, y la utilización efectiva de los servicios de salud por parte de la población.
Que en efecto, la ejecución del Programa SUMAR hizo posible desarrollar un nuevo modelo de financiamiento de la salud pública que introdujo nuevas pautas de gestión en el sector, que permiten orientar los esfuerzos y recursos del Gobierno Nacional, Provincial y de los establecimientos públicos, hacia el logro de mejores resultados de salud para la población con cobertura del Sector Público.
Que la estrategia desarrollada por el Programa ha fortalecido el Sistema Provincial de Salud, moderando las inequidades territoriales en el acceso efectivo al derecho a la salud por parte de la población.
Que los resultados nominados generados por el Programa se han constituido en información altamente relevante para la construcción y articulación de políticas públicas a nivel Nacional y Provincial. Políticas como la Asignación Universal por Hijo y Embarazo y el PROGRESAR, han podido incrementar su efectividad como resultado de su integración institucional con el Programa SUMAR.
Que la generación de información sanitaria confiable y oportuna respecto del estado de salud de la población ha sido un aspecto distintivo y destacado del Programa, por cuanto la misma se ha convertido en un insumo crítico para la gestión sanitaria tanto a nivel Nacional como Provincial, permitiendo tomar decisiones en base a la evidencia.
Que la implementación del Programa SUMAR ha generado un fuerte proceso de empoderamiento de los equipos de salud del Sector Público, como actores claves para la obtención de mejores resultados de salud, otorgando a los mismos autonomía para la administración de los recursos generados en el marco del programa, y fortaleciendo sus capacidades de planificación y gestión.
Que la nominación de la población bajo cobertura del Seguro Público Provincial de Salud y la asignación de la misma a un establecimiento de salud de referencia ha permitido revalorizar el concepto de "población a cargo", generando las herramientas necesarias para que los equipos de salud trabajen en disminuir las brechas de acceso y mejorar los niveles de utilización de las prestaciones priorizadas por el programa.
Que los estudios de evaluación de impacto han permitido verificar que el Programa ha sido exitoso a los efectos de mejorar el acceso y la atención de la salud de la población más vulnerable, mejorando el estado de salud de la misma.
Que en el marco de la estrategia de institucionalización del Programa SUMAR resulta relevante destacar que actualmente la Provincia se encuentra cofinanciando con recursos locales el modelo de gestión y cobertura explícita implementado a partir del Programa, a través del financiamiento de las transferencias capitadas y los recursos humanos que integran la Unidad de Gestión del Seguro Provincial (UGSP).
Que en virtud de las razones expuestas resulta de interés del Gobierno Provincial extender la cobertura del Seguro Público Provincial de Salud, a los efectos de la inclusión del hombre adulto desde los 20 a los 64 años de edad inclusive dentro de su población objetivo, con el propósito de continuar mejorando la salud de la población que cuenta con cobertura del Sector Público.
Que por el Art. 4º del Decreto del Ministerio de Salud de la Provincia de San Juan N° 1198 de fecha 08 de Noviembre de 2011, mediante la cual se creó el Seguro Público Provincial de Salud, prevé expresamente la posibilidad de incorporación de nuevos grupos poblacionales a la cobertura del mismo.
Que en virtud de los antecedentes citados, deviene oportuno ampliar los alcances del Seguro Público Provincial de Salud a los efectos de la inclusión del hombre adulto desde los 20 a los 64 años de edad como nueva población objetivo.
Que intervienen en el presente actuado Dirección Administrativa y Departamento Jurídico del Ministerio de Salud Pública.
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia decreta:
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