RESOLUCION 135/2015
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
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Regionalización de la Atención Perinatal en los Hospitales Públicos de la Provincia de Misiones.
Del: 19/01/2015
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VISTO: El Expediente Nº 6004-001-015, Registro de la Unidad Coordinadora de Programas Materno Infantiles del Ministerio de Salud Pública, caratulado “Proyecto de Regionalización de la Atención Perinatal en los Hospitales Públicos de la Provincia de Misiones”; y
CONSIDERANDO:
QUE, la experiencia internacional mostró que la regionalización de la Atención de los Recién Nacidos con alto riesgo puede lograr una disminución de la morbimortalidad de estos pacientes y así mejorar la tasa de mortalidad neonatal;
QUE, dada esa experiencia, se propone como estrategia en la Regionalización de la Atención Perinatal en el sistema de Salud de la Provincia de Misiones, a regionalizar los nacimientos de los recién nacidos con menos de 1000 gramos de peso;
QUE, en ese orden de ideas, por la presente se propicia el proyecto de regionalización de la atención de los recién nacidos con alto riesgo, que apunta a elevar la calidad de toda la atención neonatológica, creando mejores condiciones, tanto en las instituciones que tendrán condiciones para recibir a los pacientes con alto riesgo, como así también en las restantes maternidades y servicios de neonatología;
QUE, para la Regionalización de la Atención Perinatal en los Hospitales Públicos dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia de Misiones, se contempla que se deriven al Nivel III B Materno Neonatal de Posadas las embarazadas que cursen gestas con edad gestacional y/o evidencias clínica y/o ecografías de fetos con peso menor a 1000 grs. (en situación de riesgo de posible nacimiento, léase: Amenaza de Parto Pretérmino o Trabajo de parto pretérmino) o aquellos recién nacidos que por circunstancias clínicas el parto se haya realizado en cualquier Hospital de la Provincia de Misiones;
QUE, por lo expuesto y no existiendo objeciones a lo propuesto, corresponde el dictado del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL MINISTRO SECRETARIO DE SALUD PÚBLICA
RESUELVE:
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Artículo 1º.- ESTABLÉCESE la Regionalización de la Atención Perinatal en los Hospitales Públicos de la Provincia de Misiones, de las embarazadas con edad gestacional y/o evidencia clínica y/o ecografía de fetos con menos de 1000 grs. en situación de riesgo de posible nacimiento, léase: Amenaza de Parto Pretérmino o trabajo de parto pretérmino y/o de los recién nacidos también menores a los 1000 grs.
Art. 2º.- DESÍGNESE como Hospital Referente de la Regionalización de la Atención Perinatal, para los nacimientos con pesos menores a los 1000 grs., al Hospital Nivel III B Materno Neonatal de Posadas.
Art. 3º.- APRUÉBASE el procedimiento de derivación de embarazadas con edad gestacional y/o evidencia clínica y/o ecográfica de fetos con peso menor a los 1000 grs. en situación de riesgo de posible nacimiento, léase: Amenaza de Parto Pretérmino o trabajo de parto pretérmino y/o a los recién nacidos menores de 1000 gramos, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Art. 4º.- REGÍSTRESE, comuníquese, tomen conocimiento y/o notifíquese: Subsecretaría de Salud; Unidad Coordinadora de programas Materno Infantiles; Unidad de Gestión del Seguro Público Provincial de Salud - Programa Sumar; Direcciones de Zona de Salud y los Hospitales de Nivel I, II y III de sus respectivas jurisdicciones y la Unidad Central de Traslados. Cumplido, ARCHÍVESE.
Dr. Oscar Alberto Herrera Ahuad
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ANEXO I
REGIONALIZACIÓN DE LA ATENCION PERINATAL EN LOS HOSPITALES DE LA PROVINCIA DE MISIONES
a) Consideraciones generales
Serán objeto de la Regionalización de la Atención Perinatal, las embarazadas en situación de riesgo de posible nacimiento, léase: Amenaza de Parto Pretérmino o trabajo de parto pretérmino con edad gestacional y/o evidencia clínica y/o ecográfica de fetos con peso menor a los 1000 grs. y los recién nacidos y nacimientos de niños menores de 1000 gramos.
b) Hospitales referentes
Conforme el Artículo 2º de la presente Resolución, son Hospitales Referentes de la Regionalización de la Atención Perinatal de la Provincia de Misiones los Hospitales Nivel III A de Eldorado, Nivel III A de Oberá y Nivel III B Materno Neonatal de Posadas.
c) Procedimiento para la derivación de pacientes embarazadas, en trabajo de parto, a los Hospitales referentes.
c.1) ZONA A - NORTE. Los servicios de obstetricia y las urgencias de los Hospitales Niveles I de Almirante Brown (Cmdte. Andresito), San Antonio, Bdo. De Irigoyen “Gral. Manuel Belgrano”, San Pedro, Puerto Piray, Puerto Esperanza, Puerto Libertad, Colonia Delicia, Montecarlo “Dr. Oscar Eugenio Darú”, Capioví y los Hospitales Nivel II de Puerto Iguazú “Dra. Marta Schwatz” y “Ricardo Gutierrez” de Puerto Rico, en el caso que reciban pacientes embarazadas con amenaza de parto prematuro o trabajo de parto con edad gestacional y/o evidencia y/o ecográfica de fetos con peso menor a los 1000 grs., deberán ser derivadas al hospital referente regional correspondiente:
1. Hospitales Nivel III A de Eldorado.
c.2) ZONA B - CENTRO URUGUAY. Los servicios de obstetricia y las urgencias de los Hospitales Niveles I de 25 de Mayo, Alba Posse, Aristóbulo del Valle, Bonpland, Campo Grande, Campo Ramón, Campo Viera, Cerro Azul, Colonia Auroram Dos de Mayo, El Soberbio, Panambí, San Javier y los Hospitales Nivel II de San Vicente y de L.N. Alem “Dr. Juan Fernando Alegre”, en el caso que reciban pacientes embarazadas en trabajo de parto con edad gestacional y/o evidencia clínica y/o ecográfica de fetos con peso menor a los 1000 grs. deberán ser derivadas al hospital regional correspondiente:
1. Hospital Nivel III A de Oberá
En todos los casos mencionados en ítem C.1 y C.2, los Hospitales Regionales PERINATALES de Nivel III A que recepcionen embarazadas cursando gestas con fetos menores a los 1000 grs. en situación de riesgo de posible nacimiento, léase: Amenaza de Parto Pretérmino o en trabajo de parto pretérmino, deberán evaluar las condiciones clínicas y obstétricas y verificar el cumplimiento de los protocolos pertinentes. Ejemplo: aplicación de maduración fetal, debiendo procederse a su derivación al Hospital de Complejidad de NIVEL III B, Materno Neonatal (único referente para casos de nacimientos de 1000 grs.) si las condiciones de traslado se ajustaran a los protocolos, previa verificación y comunicación con los referentes o coordinadores designados para la recepción de pacientes derivados.
c.3) ZONA C - CAPITAL-SUR. Los servicios de obstetricia y las urgencias de los Hospitales Niveles I de Azara, “Dr. René Favaloro” de Posadas, Candelaria, Concepción de la Sierra, Corpus, Gobernador Roca, San Ignacio “Dr. Heberto Valdovinos”, San José y los Hospitales Niveles II “Todoyoshi Kamada” de Jardín América y de Apóstoles, en el caso que reciban pacientes embarazadas con amenaza de parto pretérmino o en trabajo de parto con edad gestacional y/o evidencia clínica y/o ecográfica de fetos con peso menor a los 1000 grs., deberán ser derivadas al hospital referente regional correspondiente:
1. Hospital Nivel III B Materno Neonatal de Posadas.
El Hospital Materno Neonatal, de Nivel III de compljidad Perinatal, podrá georeferenciar a los Hospitales Niveles III A a las pacientes embarazadas, una vez superada la etapa de risgo de un nacimiento con peso menor a 1000 grs., garantizando siempre las condiciones de seguridad para el traslado y la aceptación por parte del efector receptor.
d) Intervención de la Unidad Central de Traslados (UCT) en la derivación de pacientes embarazadas en trabajo de parto.
Los Hospitales que derivarán pacientes en las condiciones citadas en el ítem c), deben solicitar al coordinador de la UCT que disponga el traslado de las mismas a los Hospitales Referentes, conforme la distribución manifestada en el mencionado ítem.
El Coordinador de la UCT comunicará al Hospital referente la llegada del paciente y procederá a enviar el transporte correspondiente.
e) Procedimiento para la derivación de RECIÉN NACIDOS con peso inferior a 1000 gramos a los Hospitales Referentes.
e.1) ZONA A - NORTE. Los servicios de neonatología y las urgencias de los Hospitales Niveles I de Almirante Brown (Cmdte. Andresito), San Antonio, Bdo de Irigoyen “Gral. Manuel Belgrano”, San Pedro, Puerto Piray, Puerto Esperanza, Puerto Libertad, Colonia Delicia, Montecarlo “Dr. Oscar Eugenio Darú”, Capioví y el Hsopital Nivel II de Puerto Iguazú “Dra. Marta Schwatz”, en el caso que se hayan producido nacimientos de niños con un peso inferior a 1000 gramos, deben derivar estos pacientes en unidades de traslados neonatales, previo cumplimiento de protocolos referidos a traslados neonatales (Ej: compensación previa al traslado) al hospital nivel III regional que corresponda, para luego ser derivados al:
1. Hospital Nivel III B Materno Neonatal de Posadas
e.2) ZONA B - CAPITAL - SUR. Los servicios de neonatología y las urgencias de los Hospitales Niveles I de Apóstoles, Azara, “Dr. René Favaloro” de Posadas, Candelaria, Capioví, Concepción de la Sierra, Corpus, Gobernador Roca, San Ignacio “Dr. Heberto Valdovinos”, San José y los Hospitales Neveles II de Jardín América “Todoyoshi Kamada” y de Puerto Rico “Dr. Ricardo Gutierrez”, en el caso que se hayan producido nacimientos de niños con un peso inferior a 1000 gramos, deben derivar estos pacientes en unidades de traslados neonatales disponibles, previo cumplimiento de protocolos referidos.
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